Disposiciones generales. . (2025/81-6)
Extracto de la Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria, por la que se convoca para el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencias y adicciones, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a entidades locales andaluzas para la prevención comunitaria, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Consumo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6042/2
de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas
a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes (línea 1) y
desarrollo de programas (línea 3), y a entidades locales andaluzas para la prevención
comunitaria (línea 2), en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y
Consumo (BOJA núm. 130, de 8 de julio), en adelante Orden de 1 de julio de 2020.
Quinto. Dotación.
La dotación máxima de cada una de las líneas se refleja en el cuadro recogido en
el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las
subvenciones a conceder para cada una de las líneas se describe en el anexo que se
acompaña.
En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo, conforme determina el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, y artículo 5.5 de la Orden de 20 de
diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019),
actualizados por Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría General para
la Administración Pública (BOJA núm. 248, de 28 de diciembre de 2020), en adelante
bases reguladoras tipo.
Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de entidades de ámbito autonómico o supraprovincial, irán dirigidas
a la persona titular de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria de
la Consejería de Salud y Consumo. Las que tengan ámbito provincial o local, deberán
dirigirse a la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería
de Salud y Consumo.
2. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo establecido en el Anexo I que
acompaña a la convocatoria, en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta
de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml.
Tanto la solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y
presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 1 de julio de 2020, se
podrán obtener en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
a la que también se podrá acceder desde el Portal de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Sevilla.- La Directora General de Cuidados y Atención Sociosanitario, Ana María Reales
Arroyo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319643
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del
día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de su
extracto, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de las bases reguladoras tipo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6042/2
de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas
a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes (línea 1) y
desarrollo de programas (línea 3), y a entidades locales andaluzas para la prevención
comunitaria (línea 2), en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y
Consumo (BOJA núm. 130, de 8 de julio), en adelante Orden de 1 de julio de 2020.
Quinto. Dotación.
La dotación máxima de cada una de las líneas se refleja en el cuadro recogido en
el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las
subvenciones a conceder para cada una de las líneas se describe en el anexo que se
acompaña.
En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las
disponibilidades presupuestarias existentes.
Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo, conforme determina el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, y artículo 5.5 de la Orden de 20 de
diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019),
actualizados por Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría General para
la Administración Pública (BOJA núm. 248, de 28 de diciembre de 2020), en adelante
bases reguladoras tipo.
Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de entidades de ámbito autonómico o supraprovincial, irán dirigidas
a la persona titular de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria de
la Consejería de Salud y Consumo. Las que tengan ámbito provincial o local, deberán
dirigirse a la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería
de Salud y Consumo.
2. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo establecido en el Anexo I que
acompaña a la convocatoria, en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta
de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml.
Tanto la solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y
presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 1 de julio de 2020, se
podrán obtener en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
a la que también se podrá acceder desde el Portal de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Sevilla.- La Directora General de Cuidados y Atención Sociosanitario, Ana María Reales
Arroyo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319643
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del
día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de su
extracto, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de las bases reguladoras tipo.