3. Otras disposiciones. . (2025/81-50)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se declara oficialmente la existencia de la plaga de Eurytoma amygdali en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se establecen medidas fitosanitarias obligatorias para su control.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6049/2

imputándose a ellas los gastos que se originen, en el sentido de lo dispuesto en el artículo 13
de la Ley 43/2002.
Por su parte, el artículo 6 del Real Decreto 739/2021, de 24 de agosto, por el que se
dictan disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea
relativa a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales y los controles
y otras actividades oficiales en dicha materia, dispone que la autoridad competente de
la Comunidad Autónoma informará oficialmente al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación de la presencia de plagas no reguladas no cuarentenarias presentes en sus
territorios cuya incidencia o cuyos daños se hayan visto incrementados de tal manera que
estén ocasionando un grave impacto económico, social o medioambiental. Se podrán
aplicar, en tal caso, mutatis mutandis, las medidas previstas en el Real Decreto indicado.
Con relación a ello, se ha notificado a la Dirección General de Sanidad de la Producción
Agroalimentaria y Bienestar Animal del Ministerio Agricultura Pesca y Alimentación la
detección de esta plaga en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La adopción de la presente resolución es competencia de esta Dirección General, de
conformidad con lo dispuesto en el resuelvo primero de la Orden de 13 de junio de 2017, por
la que se delegan competencias en materia de lucha contra plagas en lo relativo al desarrollo
y ejecución de las medidas cautelares, la declaración oficial de existencia y las medidas
fitosanitarias obligatorias de lucha contra las mismas (BOJA número 117, de 21.6.2017).
En su virtud, y en ejercicio de competencias conferidas en materia de sanidad vegetal
conforme al artículo 11 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
RESU ELVO
Primero. Declarar oficialmente la existencia de la plaga de la avispilla del almendro
(Eurytoma amygdali Enderlein) en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Adoptar las medidas fitosanitarias obligatorias establecidas en el anexo de
la presente resolución en plantaciones y árboles aislados de almendro que corresponden
a los términos municipales y polígonos siguientes:
• Término municipal de Orce, todos los polígonos.
• Término municipal de Galera, polígonos, 3, 4, 5, 6 y 7.
• Término municipal de Cúllar, polígonos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

Cuarto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a aquel que tenga lugar la publicación del presente
acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos
judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319650

Tercero. Las medidas fitosanitarias establecidas en el resuelvo anterior serán también
de aplicación para futuras detecciones de Eurytoma amygdali en nuevas zonas del
territorio andaluz con el fin de conseguir su erradicación, evitar su dispersión y minimizar
su impacto. No obstante lo anterior, tras cada detección, la Delegación Territorial de la
Consejería competente en materia de agricultura que corresponda podrá adoptar de
forma inmediata medidas cautelares previas complementarias a las medidas fitosanitarias
obligatorias descritas en la presente resolución, en el ámbito de sus competencias.
En el Portal de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica
pueden consultar las zonas donde se ha detectado la presencia de Eurytoma amygdali
en la Comunidad Autónoma de Andalucía: https://lajunta.es/5ize6