Autoridades y personal. . (2025/81-45)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocan a concurso público dos contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6050/7
• La Directora del Área de Investigación que actuará como Secretaria, con voz, pero
sin voto; en caso de ausencia le sustituirá una persona funcionaria de esa Área.
9.2. La Comisión podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personas
asesoras especialistas. Estas personas asesoras colaborarán exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como
especialistas:
• El/la Investigador/a responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de
Investigación objeto del contrato.
• Un/a Doctor/a propuesto/a por el/la Investigador/a Principal, con experiencia en la
investigación a realizar por las personas contratadas.
10. Actas.
El/la Secretario/a levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y
recogerá, explícitamente, el orden priorizado de las personas solicitantes a efectos de su
posible sustitución en caso de renuncias o reclamaciones.
11. Propuesta de contratación.
Efectuada la selección de la/s persona/s candidata/s, se elevará la propuesta de
contratación al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide.
12. Finalización del procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico
Oficial https://www.upo.es/teo de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución
Rectoral en la que se adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la noprovisión de todos o algunos de ellos, por no reunir las personas candidatas las
condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria, o por no
existir solicitudes válidas.
14. Proceso de incorporación.
La persona candidata seleccionada deberá incorporarse en los 10 días hábiles
siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón
Electrónico Oficial (https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, acudiendo
con la documentación original presentada para su cotejo con las copias aportadas en su
solicitud, a las dependencias del Área de Investigación en horario de atención al público
(Campus UPO, Edificio 44, segunda planta, despacho 13).
En el momento de la incorporación, la persona seleccionada tendrá que acreditar
estar en posesión de los requisitos para disfrutar de un contrato formativo para la
obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios establecidos en el
artículo 11.3 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para lo que
aportará un certificado de vida laboral actualizado.
En todo caso, el Área de Investigación podrá requerir a la persona seleccionada
la documentación adicional que estime necesaria para comprobar el cumplimiento
de los requisitos, así como la aportada durante el proceso de selección, y hacer las
comprobaciones oportunas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319651
13. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, la persona contratada deberá formular declaración
de no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado
incompatible con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento,
por parte de la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible
según la normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo
adjudicado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6050/7
• La Directora del Área de Investigación que actuará como Secretaria, con voz, pero
sin voto; en caso de ausencia le sustituirá una persona funcionaria de esa Área.
9.2. La Comisión podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personas
asesoras especialistas. Estas personas asesoras colaborarán exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como
especialistas:
• El/la Investigador/a responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de
Investigación objeto del contrato.
• Un/a Doctor/a propuesto/a por el/la Investigador/a Principal, con experiencia en la
investigación a realizar por las personas contratadas.
10. Actas.
El/la Secretario/a levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y
recogerá, explícitamente, el orden priorizado de las personas solicitantes a efectos de su
posible sustitución en caso de renuncias o reclamaciones.
11. Propuesta de contratación.
Efectuada la selección de la/s persona/s candidata/s, se elevará la propuesta de
contratación al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide.
12. Finalización del procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico
Oficial https://www.upo.es/teo de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución
Rectoral en la que se adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la noprovisión de todos o algunos de ellos, por no reunir las personas candidatas las
condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria, o por no
existir solicitudes válidas.
14. Proceso de incorporación.
La persona candidata seleccionada deberá incorporarse en los 10 días hábiles
siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón
Electrónico Oficial (https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, acudiendo
con la documentación original presentada para su cotejo con las copias aportadas en su
solicitud, a las dependencias del Área de Investigación en horario de atención al público
(Campus UPO, Edificio 44, segunda planta, despacho 13).
En el momento de la incorporación, la persona seleccionada tendrá que acreditar
estar en posesión de los requisitos para disfrutar de un contrato formativo para la
obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios establecidos en el
artículo 11.3 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para lo que
aportará un certificado de vida laboral actualizado.
En todo caso, el Área de Investigación podrá requerir a la persona seleccionada
la documentación adicional que estime necesaria para comprobar el cumplimiento
de los requisitos, así como la aportada durante el proceso de selección, y hacer las
comprobaciones oportunas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319651
13. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, la persona contratada deberá formular declaración
de no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado
incompatible con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento,
por parte de la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible
según la normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo
adjudicado.