Autoridades y personal. . (2025/82-13)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo General de Administrativos para personas con discapacidad intelectual en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Viernes, 2 de mayo de 2025
página 6045/6

Quinta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de dos meses
la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por
delegación, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas
admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se
publicará en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap).
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente
aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
La presentación de las alegaciones se deberá realizar de manera
electrónica accediendo a la dirección web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/promocionalegaciones
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en
el proceso selectivo.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, y una vez resueltas
las alegaciones, en el plazo máximo de dos meses la Dirección del Instituto Andaluz
de Administración Pública, por delegación, dictará resolución, que se publicará
en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html) declarando aprobadas las listas
definitivas de personas admitidas y excluidas, y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap).
Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del
ejercicio de la fase de oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por
las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las
listas provisionales, y su publicación surtirá los efectos de notificación a efectos de
impugnaciones y recursos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319646

Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el
formulario de participación, y solo será posible la modificación de estos datos mediante
la presentación electrónica de un nuevo formulario dentro del plazo de presentación
recogido en el apartado 6 de la presente base, en cuyo caso el nuevo formulario dejará
sin efecto al anterior.
Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante
servirá de acreditación de su correcta presentación.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un determinado periodo
de tiempo, el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, la
Administración, previa acreditación documental de la misma por las personas afectadas,
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos o la apertura de un nuevo
plazo en aquellos supuestos específicos que comprometan la presentación de la solicitud
de participación en el plazo máximo determinado por esta convocatoria, por un período
de días hábiles de igual duración, al menos, al de la incidencia.
8. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el periodo de
entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas,
será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud con el justificante
de la recepción que genera el sistema tras la presentación.