Disposiciones generales. . (2025/91-1)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, mediante la que se convocan, para el año 2025, las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
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ANEXO I

4. DECLARACIONES
La persona abajo firmante, DECLARA bajo su expresa responsabilidad, que la persona solicitante:
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones reguladas en estas bases
reguladoras.
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de persona beneficiaria.
Dispone de las autorizaciones firmadas por las personas destinatarias finales para consultar sus datos de vida laboral,
discapacidad, pensiones procedentes del INSS y de clases pasivas, rendimientos del trabajo, inscripción en los servicios
públicos de empleo y aquellos otros datos requeridos por las bases reguladoras que sean necesarios para la correspondiente
comprobación del órgano gestor.
En caso de resultar beneficiaria, se compromete al cumplimiento de las condiciones impuestas y a mantener los requisitios
exigidos durante el período previsto, así como a comunicar cualquier variación de los mismos.
Se compromete, en caso de resultar beneficiaria de la subvención, a someterse a las actuaciones de verificación y control a
realizar por la Intervención General de la Junta de Andalucía, el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas o cualquiera otros
órganos de control que resultasen competentes en virtud de la normativa de aplicación.
No ha recibido subvenciones o ayudas para la misma actuación o finalidad y el mismo coste subvencionable.
Son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
Cumple con las reglas de acumulación previstas en el artículo 5 de cada uno de los Reglamentos de minimis mencionados en
el artículo 6.5. b) de las bases regulardoras

5. DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:
Acreditación de representación conforme al Anexo II de la convocatoria y en los supuestos previstos en el mismo.
Certificado de discapacidad de las personas trabajadoras con discapacidad emitido por otra Comunidad Autónoma.
En el supuesto de que las personas interesadas sean cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales que incorporen
a personas trabajadoras con discapacidad como socios y socias, se deberá aportar el contrato de sociedad formalizado.
Otra/s (especificar) :

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00320260

008050/1

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Cumple con lo establecido en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por estar
sujeta a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales, y se compromete a acreditarlo previo requerimiento del órgano gestor.

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