3. Otras disposiciones. . (2025/98-31)
Orden de 14 de mayo de 2025, por la que se acepta la donación, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de documentos notariales de las familias Molviedro y Gómez de la Cortina, ofrecidos por doña María Lourdes García Patanchón, para su ingreso y custodia en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 98 - Lunes, 26 de mayo de 2025
página 7219/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 14 de mayo de 2025, por la que se acepta la donación, a favor de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, de documentos notariales de las familias
Molviedro y Gómez de la Cortina, ofrecidos por doña María Lourdes García
Patanchón, para su ingreso y custodia en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla.
A NTECEDENTES
Primero. El 21 de enero de 2025 doña María Lourdes García Patanchón, en
nombre propio, ofrece a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su adquisición a
título gratuito e ingreso permanente en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla, varios
documentos notariales relacionados con la localidad de Marchena, la familia Molviedro y
la familia Gómez de la Cortina, con fechas de producción entre 1647 y 1882.
El Archivo Histórico Provincial de Sevilla informa favorablemente sobre el interés
cultural y patrimonial de esta donación para el conocimiento de la España de los siglos
XVI-XIX, especialmente de los municipios de Sevilla y Marchena, así como de las familias
Molviedro y Cortina-Morante.
Segundo. Con fecha 4 de febrero de 2025 se notifica trámite de audiencia a la
interesada, a efectos de examinar el procedimiento y, en su caso, efectuar alegaciones o
aportar nuevos documentos o justificaciones.
Tercero. El 1 de abril de 2025 la Secretaría General de Patrimonio Histórico y
Documental propone aceptar la donación a favor de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para su ingreso definitivo en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla.
Primero. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo 10.3.3.º como uno de
los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el «afianzamiento de la conciencia de
identidad y de la cultura andaluza, a través del conocimiento, investigación y difusión del
patrimonio histórico», y el artículo 37.1.18.º del Estatuto designa como principio rector de
las políticas públicas «La conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico
y artístico de Andalucía», por lo que la aceptación por parte de la Junta de Andalucía de
esta donación contribuirá a cumplir este objetivo.
A su vez, el artículo 68.1 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la
competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión
del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de
Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 2
le concede competencias ejecutivas sobre los archivos de titularidad estatal situados en
su territorio cuya gestión no se reserve el Estado, lo que comprende, en todo caso, la
regulación del funcionamiento, la organización y el régimen de su personal. Por último, el
apartado 3.1.º y 2.º del citado artículo del Estatuto atribuye la competencia exclusiva a la
Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental,
arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la
Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de
naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320819
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
BOJA
Número 98 - Lunes, 26 de mayo de 2025
página 7219/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 14 de mayo de 2025, por la que se acepta la donación, a favor de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, de documentos notariales de las familias
Molviedro y Gómez de la Cortina, ofrecidos por doña María Lourdes García
Patanchón, para su ingreso y custodia en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla.
A NTECEDENTES
Primero. El 21 de enero de 2025 doña María Lourdes García Patanchón, en
nombre propio, ofrece a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su adquisición a
título gratuito e ingreso permanente en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla, varios
documentos notariales relacionados con la localidad de Marchena, la familia Molviedro y
la familia Gómez de la Cortina, con fechas de producción entre 1647 y 1882.
El Archivo Histórico Provincial de Sevilla informa favorablemente sobre el interés
cultural y patrimonial de esta donación para el conocimiento de la España de los siglos
XVI-XIX, especialmente de los municipios de Sevilla y Marchena, así como de las familias
Molviedro y Cortina-Morante.
Segundo. Con fecha 4 de febrero de 2025 se notifica trámite de audiencia a la
interesada, a efectos de examinar el procedimiento y, en su caso, efectuar alegaciones o
aportar nuevos documentos o justificaciones.
Tercero. El 1 de abril de 2025 la Secretaría General de Patrimonio Histórico y
Documental propone aceptar la donación a favor de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para su ingreso definitivo en el Archivo Histórico Provincial de Sevilla.
Primero. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo 10.3.3.º como uno de
los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el «afianzamiento de la conciencia de
identidad y de la cultura andaluza, a través del conocimiento, investigación y difusión del
patrimonio histórico», y el artículo 37.1.18.º del Estatuto designa como principio rector de
las políticas públicas «La conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico
y artístico de Andalucía», por lo que la aceptación por parte de la Junta de Andalucía de
esta donación contribuirá a cumplir este objetivo.
A su vez, el artículo 68.1 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la
competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión
del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de
Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 2
le concede competencias ejecutivas sobre los archivos de titularidad estatal situados en
su territorio cuya gestión no se reserve el Estado, lo que comprende, en todo caso, la
regulación del funcionamiento, la organización y el régimen de su personal. Por último, el
apartado 3.1.º y 2.º del citado artículo del Estatuto atribuye la competencia exclusiva a la
Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental,
arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la
Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de
naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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