3. Otras disposiciones. . (2025/101-50)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la Empresa Municipal de Abastecimiento y Saneamientos de Granada, S.A. Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7463/45
11. REPSOL DIRECTO SA (33.480,00 euros)
Se reproducen a continuación las observaciones realizadas por EMASAGRA, previas a la emisión del
informe provisional:
Las facturaciones devienen del suministro de combustible diésel para la calefacción de la sede social y
la Etap de EMASAGRA. Nueva contratación del suministro anotada en nuestra planificación de
contratación para sacarlo a licitación en los próximos meses
Por tanto, si bien existe un contrato firmado entre las partes, no consta que este contrato este licitado
en el ejercicio 2021.
12. GARCIA VALDECASAS CONDE JUAN LUIS
(30.537,80 euros)
Se reproducen a continuación las observaciones realizadas por EMASAGRA, previas a la emisión del
informe provisional:
Las facturaciones devienen del contrato de SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES. ASESORÍA
JURÍDICA Y FISCAL. Despacho de procuradores. La nueva contratación del servicio está anotada en
nuestra planificación de contratación para sacarlo a licitación en los próximos meses.
Por consiguiente, no se indicó que las facturas correspondientes a este proveedor se debían a servicios
o actividad de defensa jurídica en procesos jurisdiccionales. De hecho, se manifestó la intención de
licitar el servicio.
En la propuesta de servicios del tercero, de fecha 20 de septiembre de 2006, se indica una prestación
económica de 18.000,00 euros anuales más impuestos, cuantificada en base a un volumen de trabajo,
no ha un servicio jurídico concreto. La doctrina institucional deja asentado que los servicios de defensa
y representación en juicio, que se refieren exclusivamente a los servicios prestados por abogados en
cualquier ámbito o especialidad del Derecho, no tienen la consideración de contrato del sector público.
Tampoco los servicios de asesoramiento jurídico prestado como preparación de los procedimientos
que requieran de defensa y representación (Informe 1/2023 de la Junta Consultiva de Contratación
Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón). Cuestión diferente son los asesoramientos,
que sí deben licitarse.
Por tanto, no queda suficientemente probado que los servicios prestados se correspondan con
servicios excluidos en la Directiva 2014/24/UE.
Las facturaciones provienen de compras de artículos de ferretería. A lo largo del año 2022 se comenzó
a trabajar en la implantación de un sistema dinámico de adquisición con varias categorías, entre ellas
material de ferretería. Así en fecha 04 de agosto de 2023 se aprobó el expediente por el órgano de
contratación y en fecha 05 de octubre de 2023 se emitió resolución por el mismo órgano de admisión
de las empresas solicitantes a la adhesión y formalización del sistema dinámico. A día de hoy y a través
del mismo, tenemos cobertura contractual para el material de oficina y de farmacia. Respecto a la
ferretería se está ultimando el catálogo de artículos que para una entidad como EMASAGRA son
cuantiosos, para comenzar la segunda fase del sistema.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321063
13. ACCYSUR, S.L. (27.091,60 euros)
Se reproducen a continuación las observaciones realizadas por EMASAGRA, previas a la emisión del
informe provisional:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7463/45
11. REPSOL DIRECTO SA (33.480,00 euros)
Se reproducen a continuación las observaciones realizadas por EMASAGRA, previas a la emisión del
informe provisional:
Las facturaciones devienen del suministro de combustible diésel para la calefacción de la sede social y
la Etap de EMASAGRA. Nueva contratación del suministro anotada en nuestra planificación de
contratación para sacarlo a licitación en los próximos meses
Por tanto, si bien existe un contrato firmado entre las partes, no consta que este contrato este licitado
en el ejercicio 2021.
12. GARCIA VALDECASAS CONDE JUAN LUIS
(30.537,80 euros)
Se reproducen a continuación las observaciones realizadas por EMASAGRA, previas a la emisión del
informe provisional:
Las facturaciones devienen del contrato de SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES. ASESORÍA
JURÍDICA Y FISCAL. Despacho de procuradores. La nueva contratación del servicio está anotada en
nuestra planificación de contratación para sacarlo a licitación en los próximos meses.
Por consiguiente, no se indicó que las facturas correspondientes a este proveedor se debían a servicios
o actividad de defensa jurídica en procesos jurisdiccionales. De hecho, se manifestó la intención de
licitar el servicio.
En la propuesta de servicios del tercero, de fecha 20 de septiembre de 2006, se indica una prestación
económica de 18.000,00 euros anuales más impuestos, cuantificada en base a un volumen de trabajo,
no ha un servicio jurídico concreto. La doctrina institucional deja asentado que los servicios de defensa
y representación en juicio, que se refieren exclusivamente a los servicios prestados por abogados en
cualquier ámbito o especialidad del Derecho, no tienen la consideración de contrato del sector público.
Tampoco los servicios de asesoramiento jurídico prestado como preparación de los procedimientos
que requieran de defensa y representación (Informe 1/2023 de la Junta Consultiva de Contratación
Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón). Cuestión diferente son los asesoramientos,
que sí deben licitarse.
Por tanto, no queda suficientemente probado que los servicios prestados se correspondan con
servicios excluidos en la Directiva 2014/24/UE.
Las facturaciones provienen de compras de artículos de ferretería. A lo largo del año 2022 se comenzó
a trabajar en la implantación de un sistema dinámico de adquisición con varias categorías, entre ellas
material de ferretería. Así en fecha 04 de agosto de 2023 se aprobó el expediente por el órgano de
contratación y en fecha 05 de octubre de 2023 se emitió resolución por el mismo órgano de admisión
de las empresas solicitantes a la adhesión y formalización del sistema dinámico. A día de hoy y a través
del mismo, tenemos cobertura contractual para el material de oficina y de farmacia. Respecto a la
ferretería se está ultimando el catálogo de artículos que para una entidad como EMASAGRA son
cuantiosos, para comenzar la segunda fase del sistema.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321063
13. ACCYSUR, S.L. (27.091,60 euros)
Se reproducen a continuación las observaciones realizadas por EMASAGRA, previas a la emisión del
informe provisional: