Autoridades y personal. . (2025/103-33)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia el lugar, fecha y hora de realización de los ejercicios en que consiste la fase de oposición, correspondiente al proceso selectivo por los sistemas de acceso libre y de promoción interna de la categoría de Técnico/a Especialista en Anatomía Patológica, en Dietética y Nutrición, en Documentación Sanitaria, en Laboratorio, en Medicina Nuclear, en Radiodiagnóstico y en Radioterapia, convocado mediante Resolución de 19 de febrero de 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025
página 7635/8
Segundo. La duración máxima para la realización de las pruebas será de dos horas.
Para acceder al aula de examen, las personas opositoras deberán presentar
necesariamente, en el momento del llamamiento, el Documento Nacional de Identidad,
Número de Identidad Extranjero, Pasaporte o cualquier otro documento que permita
acreditar su personalidad. No se admitirá el DNI en su versión digital como medio de
identificación.
De conformidad con lo dispuesto en la base general 9.2, las personas aspirantes
que acudan sin la documentación acreditativa de su identidad quedarán decaídos en sus
derechos, considerándose que no ha completado la fase de oposición.
De conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, cuando la prueba sea
señalada en sábado, las personas aspirantes que hayan solicitado la no realización de
las pruebas de las que consta la fase de oposición, desde la puesta del sol del viernes
hasta la puesta de sol del sábado, al amparo del artículo 12.3 de la Ley 24/1992, de
10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con
la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, y lo hayan acreditado
conforme la base general 5.1 deberán acudir al llamamiento efectuado para acreditar su
identidad, adoptándose si fuera necesario las medidas organizativas oportunas para que
puedan ejercer su derecho y que con carácter preferente preverán que realiza la misma
prueba y en el mismo día que el resto de personas opositoras.
En cualquier caso, quedarán decaídos en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no ha completado la fase de oposición, sin perjuicio de lo establecido
en la base general 9.5.
El llamamiento será único y se excluirá a quienes no comparezcan.
Asimismo, las personas aspirantes deberán acudir provistas de bolígrafo azul o negro.
No podrá utilizarse libro ni documentación alguna.
Tercero. Aquellas personas que no se encuentren comprendidas en la lista definitiva
de personas admitidas aprobada por la citada Resolución de 5 de mayo de 2025, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 87, de 9 de
mayo), y hayan iniciado o pretendan iniciar actuaciones de impugnación para reclamar
su derecho a ser admitidas a la realización de las pruebas, podrán acudir al aula de
incidencias de cualquiera de las sedes de examen indicadas y en su caso, de la provincia
asignada, donde se les podrá facilitar realizar las pruebas de que consta la fase de
oposición sin que dicha realización suponga que se resuelve con ello estimar su admisión,
cuya continuación en el proceso queda condicionada al sentido de la resolución expresa
de su impugnación, considerándose en cualquier caso que, conforme a la base general
9.1, no han completado la fase de oposición quienes no comparezcan.
00321234
Sevilla, 27 de mayo de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025
página 7635/8
Segundo. La duración máxima para la realización de las pruebas será de dos horas.
Para acceder al aula de examen, las personas opositoras deberán presentar
necesariamente, en el momento del llamamiento, el Documento Nacional de Identidad,
Número de Identidad Extranjero, Pasaporte o cualquier otro documento que permita
acreditar su personalidad. No se admitirá el DNI en su versión digital como medio de
identificación.
De conformidad con lo dispuesto en la base general 9.2, las personas aspirantes
que acudan sin la documentación acreditativa de su identidad quedarán decaídos en sus
derechos, considerándose que no ha completado la fase de oposición.
De conformidad con lo dispuesto en la base general 9.1, cuando la prueba sea
señalada en sábado, las personas aspirantes que hayan solicitado la no realización de
las pruebas de las que consta la fase de oposición, desde la puesta del sol del viernes
hasta la puesta de sol del sábado, al amparo del artículo 12.3 de la Ley 24/1992, de
10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con
la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, y lo hayan acreditado
conforme la base general 5.1 deberán acudir al llamamiento efectuado para acreditar su
identidad, adoptándose si fuera necesario las medidas organizativas oportunas para que
puedan ejercer su derecho y que con carácter preferente preverán que realiza la misma
prueba y en el mismo día que el resto de personas opositoras.
En cualquier caso, quedarán decaídos en sus derechos quienes no comparezcan,
considerándose que no ha completado la fase de oposición, sin perjuicio de lo establecido
en la base general 9.5.
El llamamiento será único y se excluirá a quienes no comparezcan.
Asimismo, las personas aspirantes deberán acudir provistas de bolígrafo azul o negro.
No podrá utilizarse libro ni documentación alguna.
Tercero. Aquellas personas que no se encuentren comprendidas en la lista definitiva
de personas admitidas aprobada por la citada Resolución de 5 de mayo de 2025, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 87, de 9 de
mayo), y hayan iniciado o pretendan iniciar actuaciones de impugnación para reclamar
su derecho a ser admitidas a la realización de las pruebas, podrán acudir al aula de
incidencias de cualquiera de las sedes de examen indicadas y en su caso, de la provincia
asignada, donde se les podrá facilitar realizar las pruebas de que consta la fase de
oposición sin que dicha realización suponga que se resuelve con ello estimar su admisión,
cuya continuación en el proceso queda condicionada al sentido de la resolución expresa
de su impugnación, considerándose en cualquier caso que, conforme a la base general
9.1, no han completado la fase de oposición quienes no comparezcan.
00321234
Sevilla, 27 de mayo de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja