Autoridades y personal. . (2025/103-46)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de Profesor/a Permanente Laboral, por el turno de discapacidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025

página 7566/8

propuesto, el concursante deberá contar con, al menos, tres votos favorables. En el caso
de que dos o más aspirantes puedan ser propuestos con el mismo número de votos
favorables, la Comisión establecerá la prelación de los mismos mediante una segunda
votación en la que cada miembro votará de manera excluyente por un solo candidato
o candidata entre aquellos que hubiesen empatado inicialmente. De acuerdo con el
artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el
Presidente o Presidenta dirimirá con su voto los empates.
10.3. La Comisión de Selección dispondrá de dos días naturales contados a partir de
la finalización del concurso para realizar la propuesta del candidato o candidata para la
provisión de la plaza, haciendo público, en el mismo lugar de celebración de las pruebas,
los resultados de la evaluación de cada aspirante en función de los criterios reseñados en
los apartados 7.4 y 8.4 de esta convocatoria.
11. Resolución del concurso y propuesta de provisión.
11.1. Concluido el procedimiento selectivo, el Secretario o Secretaria de la Comisión
de Selección en el plazo máximo de siete días hábiles presentará a través de la Sede
Electrónica de la Universidad la documentación relativa al concurso, que contendrá:
a) Acta de constitución y establecimiento de los criterios específicos de evaluación.
b) Acta de presentación de candidatos o candidatas.
c) Acta de celebración de las pruebas.
d) Informes razonados de cada miembro de la Comisión de Selección, que incluirá su
voto.
e) Acta de propuesta de provisión de la plaza en favor del concursante que haya
obtenido mayor número de votos favorables.
f) La documentación presentada por los aspirantes.
11.2. Celebrados los concursos, se harán públicos los resultados de la evaluación de
cada candidato o candidata, con una explicación motivada y desglosada por cada uno
de los aspectos evaluados. Las Comisiones de Selección que juzguen los concursos de
acceso propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de
todas las personas candidatas por orden de puntuación obtenida para su contratación.
11.3. El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de provisión de las
plazas adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones
oportunas que permitan la contratación del concursante seleccionado.

13. Adjudicación de la plaza y formalización del contrato laboral.
13.1. El/la Rector/a dictará resolución de adjudicación de la plaza a favor del
concursante propuesto por la Comisión correspondiente en la que se especificará la
denominación de la plaza, la categoría laboral, Área o Especialidad de Conocimiento y
Departamento, en su caso, así como el régimen de dedicación.
13.2. Con carácter previo a la contratación, y en el plazo de los diez días siguientes
al de la publicación de la referida resolución, el concursante deberá acreditar de forma
documental el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para
ocupar la correspondiente plaza de personal docente e investigador contratado y en
las bases de la respectiva convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haber verificado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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12. Reclamación contra la propuesta de provisión.
12.1. Publicada la propuesta de provisión, en el plazo de diez días hábiles
improrrogables a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada propuesta,
los concursantes podrán presentar reclamación con cuantas alegaciones estimen
conveniente a su derecho, en orden a la revisión de la valoración otorgada por la Comisión
de Selección. En caso de no presentar alegaciones la propuesta se elevará a definitiva.
12.2. Transcurrido el plazo señalado, la Comisión de Selección resolverá, en su caso,
las reclamaciones presentadas en el plazo máximo de un mes.