3. Otras disposiciones. . (2025/109-38)
Orden de 5 de junio de 2025, por la que se dan instrucciones para la cumplimentación del modelo 761 de Autoliquidación Semestral y se aprueba el anexo de especificaciones técnicas del fichero informático que se utilizará para completar el modelo 762 de Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Días facturados
periodo tarifario 1
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número
109
- Martes, 10
de junio
de 2025
Consejería
de Economía,
Hacienda
y Fondos
Europeos
Campo numérico con el número de días que incluye N
el periodo facturado que corresponden al primer
periodo tarifario especificado en el registro “Inicio”.
página 8173/14
3 máximo
No
3 máximo
No
Ilimitado
No
Ilimitado
No
Deberá cumplimentarse si al menos uno de los días
facturados corresponde al primer periodo tarifario.
Días facturados
periodo tarifario 2
Campo numérico con el número de días que incluye N
el periodo facturado que corresponden al segundo
periodo tarifario especificado en el registro “Inicio”.
Deberá cumplimentarse si al menos uno de los días
facturados corresponde al segundo periodo
tarifario. Por tanto, si no existe un segundo periodo
tarifario, no deberá rellenarse.
Consumo en
abastecimiento
Campo numérico con el volumen total de agua que N
se ha abastecido en el periodo facturado. La unidad
de medida será el m3 y no se contemplarán
decimales.
Este campo solo será opcional cuando no haya
existido abastecimiento, es decir, cuando no se haya
producido ningún consumo, o cuando solo se preste
servicio de saneamiento.
En el caso de que se indique en la factura que se ha
producido una fuga de agua, en este campo deberá
indicarse el consumo real.
Volumen solo
saneamiento
Campo numérico con el volumen total de agua N
sobre la que solo se ha prestado servicio de
saneamiento en el periodo facturado. La unidad de
medida será el m3 y no se contemplarán decimales.
00321772
Se entenderá por “solo prestar servicio de
saneamiento” cuando el abastecimiento de agua se
efectúe sin la intervención de una empresa
suministradora (ni la presentadora de la declaración
ni otra, ya que, en este segundo caso, sería dicha
entidad la que debería recaudar el canon), pero si se
proporciona el servicio de saneamiento, y por tanto
también está sujeto al canon.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Días facturados
periodo tarifario 1
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número
109
- Martes, 10
de junio
de 2025
Consejería
de Economía,
Hacienda
y Fondos
Europeos
Campo numérico con el número de días que incluye N
el periodo facturado que corresponden al primer
periodo tarifario especificado en el registro “Inicio”.
página 8173/14
3 máximo
No
3 máximo
No
Ilimitado
No
Ilimitado
No
Deberá cumplimentarse si al menos uno de los días
facturados corresponde al primer periodo tarifario.
Días facturados
periodo tarifario 2
Campo numérico con el número de días que incluye N
el periodo facturado que corresponden al segundo
periodo tarifario especificado en el registro “Inicio”.
Deberá cumplimentarse si al menos uno de los días
facturados corresponde al segundo periodo
tarifario. Por tanto, si no existe un segundo periodo
tarifario, no deberá rellenarse.
Consumo en
abastecimiento
Campo numérico con el volumen total de agua que N
se ha abastecido en el periodo facturado. La unidad
de medida será el m3 y no se contemplarán
decimales.
Este campo solo será opcional cuando no haya
existido abastecimiento, es decir, cuando no se haya
producido ningún consumo, o cuando solo se preste
servicio de saneamiento.
En el caso de que se indique en la factura que se ha
producido una fuga de agua, en este campo deberá
indicarse el consumo real.
Volumen solo
saneamiento
Campo numérico con el volumen total de agua N
sobre la que solo se ha prestado servicio de
saneamiento en el periodo facturado. La unidad de
medida será el m3 y no se contemplarán decimales.
00321772
Se entenderá por “solo prestar servicio de
saneamiento” cuando el abastecimiento de agua se
efectúe sin la intervención de una empresa
suministradora (ni la presentadora de la declaración
ni otra, ya que, en este segundo caso, sería dicha
entidad la que debería recaudar el canon), pero si se
proporciona el servicio de saneamiento, y por tanto
también está sujeto al canon.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja