3. Otras disposiciones. . (2025/109-38)
Orden de 5 de junio de 2025, por la que se dan instrucciones para la cumplimentación del modelo 761 de Autoliquidación Semestral y se aprueba el anexo de especificaciones técnicas del fichero informático que se utilizará para completar el modelo 762 de Declaración Anual del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Tarifa tramo 1 per. 1
Número
109
- Martes, 10
de junio
de 2025
Consejería
de Economía,
Hacienda
y Fondos
Europeos
página 8173/6
Tarifa usada para el primer tramo de consumo de N
uso doméstico para el primer periodo tarifario.
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “B”:
Si el ejercicio de la declaración es anterior
a 2025, debería ser “0,1”.
Si el ejercicio de la declaración es 2025 o
superior, debería ser “0,13”.
Ilimitado.
Cuatro
decimales
Sí
Ilimitado.
Cuatro
decimales
Sí
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “N”, debería reflejarse el
resultado de aplicar al valor anterior el porcentaje
de la disposición transitoria 7ª.2 de la Ley 9/2010
usado en este periodo tarifario.
Tarifa tramo 2 per. 1
Tarifa usada para el segundo tramo de consumo de N
uso doméstico para el primer periodo tarifario.
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “B”:
Si el ejercicio de la declaración es anterior
a 2025, debería ser “0,2”.
Si el ejercicio de la declaración es 2025 o
superior, debería ser “0,26”.
00321772
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “N”, debería reflejarse el
resultado de aplicar al valor anterior el porcentaje
de la disposición transitoria 7ª.2 de la Ley 9/2010
usado en este periodo tarifario.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Tarifa tramo 1 per. 1
Número
109
- Martes, 10
de junio
de 2025
Consejería
de Economía,
Hacienda
y Fondos
Europeos
página 8173/6
Tarifa usada para el primer tramo de consumo de N
uso doméstico para el primer periodo tarifario.
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “B”:
Si el ejercicio de la declaración es anterior
a 2025, debería ser “0,1”.
Si el ejercicio de la declaración es 2025 o
superior, debería ser “0,13”.
Ilimitado.
Cuatro
decimales
Sí
Ilimitado.
Cuatro
decimales
Sí
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “N”, debería reflejarse el
resultado de aplicar al valor anterior el porcentaje
de la disposición transitoria 7ª.2 de la Ley 9/2010
usado en este periodo tarifario.
Tarifa tramo 2 per. 1
Tarifa usada para el segundo tramo de consumo de N
uso doméstico para el primer periodo tarifario.
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “B”:
Si el ejercicio de la declaración es anterior
a 2025, debería ser “0,2”.
Si el ejercicio de la declaración es 2025 o
superior, debería ser “0,26”.
00321772
Para los casos en los que el campo indicador de
tarifas tenga el valor “N”, debería reflejarse el
resultado de aplicar al valor anterior el porcentaje
de la disposición transitoria 7ª.2 de la Ley 9/2010
usado en este periodo tarifario.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja