Autoridades y personal. . (2025/109-35)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de méritos para la creación de una bolsa de trabajo de Titulado Superior de Apoyo a la Docencia e Investigación del Centro de Instrumentación Científico Técnica. Perfil formativo: Determinación Estructural (Espectroscopía molecular y Difracción de Rayos X).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8094/4
Secretaria: Doña Virginia África Polaina Fernández. Funcionaria de la Escala de
Gestión de la Universidad de Jaén.
5. Procedimiento de selección. Relación de aprobados/as. Presentación de documentos
y posterior firma del contrato.
5.1. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con
arreglo al baremo que figura como Anexo I de la presente convocatoria. Los méritos de
las personas candidatas serán evaluados por la Comisión de Valoración, que valorará
la calidad y pertinencia de los mismos respecto a las características de las plazas
convocadas. Dicha comisión podrá determinar una puntuación mínima para acceder a la
fase de entrevista, así como para poder formar parte de la bolsa de trabajo. El concurso
podrá resolverse con la no creación de la bolsa cuando, a juicio de la Comisión de
Valoración, los currículums de las personas aspirantes no se adecuen mínimamente a
las exigencias profesionales de la plaza o no alcancen la puntuación mínima exigida y
establecida por la Comisión de Valoración.
5.2. Finalizado el procedimiento descrito en los párrafos anteriores, la Comisión de
Valoración hará públicas, en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad
de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios), la relación de las personas
aspirantes que accedan a la bolsa, por orden de puntuación.
5.3. El llamamiento de personal de la bolsa de trabajo se efectuará de conformidad
con lo establecido en el art. 6 del Reglamento de puestos de trabajo y de configuración
y funcionamiento de las bolsas de trabajo para el personal de administración y servicios
laboral de la Universidad de Jaén.
5.4. La persona que sea seleccionada para su contratación como personal laboral temporal
deberá presentar en el Servicio de Personal de esta universidad los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañada del original para su
comprobación.
b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio
de las funciones públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321692
4.2. La Comisión de Valoración podrá nombrar miembros asesores, que actuarán con
voz, pero sin voto.
4.3. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir
y las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración
cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia,
del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al
menos, de sus miembros.
4.5. Previa convocatoria del Presidente de la Comisión de Valoración, se celebrará la
sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes del
inicio del proceso selectivo. En dicha sesión, la Comisión de Valoración acordará todas las
decisiones que le correspondan en orden al correcto al desarrollo del proceso de selección.
4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Valoración
tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio B-1 del Campus Las Lagunillas, de la
Universidad de Jaén, teléfonos 953 212 277/953 212 285.
4.7. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión de Valoración tuviere
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posea la totalidad de los
requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del/de la interesado/a,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8094/4
Secretaria: Doña Virginia África Polaina Fernández. Funcionaria de la Escala de
Gestión de la Universidad de Jaén.
5. Procedimiento de selección. Relación de aprobados/as. Presentación de documentos
y posterior firma del contrato.
5.1. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con
arreglo al baremo que figura como Anexo I de la presente convocatoria. Los méritos de
las personas candidatas serán evaluados por la Comisión de Valoración, que valorará
la calidad y pertinencia de los mismos respecto a las características de las plazas
convocadas. Dicha comisión podrá determinar una puntuación mínima para acceder a la
fase de entrevista, así como para poder formar parte de la bolsa de trabajo. El concurso
podrá resolverse con la no creación de la bolsa cuando, a juicio de la Comisión de
Valoración, los currículums de las personas aspirantes no se adecuen mínimamente a
las exigencias profesionales de la plaza o no alcancen la puntuación mínima exigida y
establecida por la Comisión de Valoración.
5.2. Finalizado el procedimiento descrito en los párrafos anteriores, la Comisión de
Valoración hará públicas, en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad
de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios), la relación de las personas
aspirantes que accedan a la bolsa, por orden de puntuación.
5.3. El llamamiento de personal de la bolsa de trabajo se efectuará de conformidad
con lo establecido en el art. 6 del Reglamento de puestos de trabajo y de configuración
y funcionamiento de las bolsas de trabajo para el personal de administración y servicios
laboral de la Universidad de Jaén.
5.4. La persona que sea seleccionada para su contratación como personal laboral temporal
deberá presentar en el Servicio de Personal de esta universidad los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañada del original para su
comprobación.
b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio
de las funciones públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321692
4.2. La Comisión de Valoración podrá nombrar miembros asesores, que actuarán con
voz, pero sin voto.
4.3. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir
y las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración
cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia,
del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al
menos, de sus miembros.
4.5. Previa convocatoria del Presidente de la Comisión de Valoración, se celebrará la
sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes del
inicio del proceso selectivo. En dicha sesión, la Comisión de Valoración acordará todas las
decisiones que le correspondan en orden al correcto al desarrollo del proceso de selección.
4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Valoración
tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio B-1 del Campus Las Lagunillas, de la
Universidad de Jaén, teléfonos 953 212 277/953 212 285.
4.7. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión de Valoración tuviere
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posea la totalidad de los
requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del/de la interesado/a,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.