Autoridades y personal. . (2025/109-13)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera a las personas seleccionadas incluidas en el listado complementario a la relación definitiva de aprobados en el proceso de acceso libre, mediante el sistema de concurso, del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidad Farmacia, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8188/2
Segundo. Declarar decaídas en los derechos derivados de este proceso selectivo,
convocado por la precitada Resolución de 22 de diciembre de 2022, a las personas
aspirantes relacionadas en el Anexo II de esta resolución, dejando sin efecto sus
actuaciones por concurrir las circunstancias previstas en la base 13.2 y 13.3 de la
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que
han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para
cubrir plazas básicas vacantes de determinados cuerpos y especialidades en desarrollo
de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en
los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30
de diciembre).
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 116.1 de la Ley 5/2023, de
7 de junio, para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, las personas
relacionadas en el Anexo I deberán realizar acto de acatamiento de la Constitución, del
Estatuto de Autonomía de Andalucía, del resto del ordenamiento jurídico y tomar posesión
dentro del plazo establecido en el punto siguiente.
Cuarto. La toma de posesión deberán efectuarla ante la Dirección del Distrito Sanitario
de Atención Primaria o Área de Gestión Sanitaria en el que se le adjudica el destino, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado que se relaciona
en el Anexo I de esta resolución para tomar posesión deberá realizar la declaración a que
se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Sexto. Los Distritos Sanitarios de Atención Primaria o Área de Gestión Sanitaria en
los que se encuentra adscrita la plaza adjudicada según Anexo I adjunto, tramitarán por el
Sistema de Información de Recursos Humanos la toma de posesión y, en su caso, cese,
ante el Registro General de Personal, de conformidad con la Orden de la Consejería
de Gobernación y Justicia de fecha 24 de septiembre de 1999, por la que adopta la
aplicación del SIRhUS.
Sevilla, 5 de junio de 2025.- El Secretario General, Arturo Enrique Domínguez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321787
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8188/2
Segundo. Declarar decaídas en los derechos derivados de este proceso selectivo,
convocado por la precitada Resolución de 22 de diciembre de 2022, a las personas
aspirantes relacionadas en el Anexo II de esta resolución, dejando sin efecto sus
actuaciones por concurrir las circunstancias previstas en la base 13.2 y 13.3 de la
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que
han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para
cubrir plazas básicas vacantes de determinados cuerpos y especialidades en desarrollo
de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en
los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30
de diciembre).
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 116.1 de la Ley 5/2023, de
7 de junio, para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, las personas
relacionadas en el Anexo I deberán realizar acto de acatamiento de la Constitución, del
Estatuto de Autonomía de Andalucía, del resto del ordenamiento jurídico y tomar posesión
dentro del plazo establecido en el punto siguiente.
Cuarto. La toma de posesión deberán efectuarla ante la Dirección del Distrito Sanitario
de Atención Primaria o Área de Gestión Sanitaria en el que se le adjudica el destino, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado que se relaciona
en el Anexo I de esta resolución para tomar posesión deberá realizar la declaración a que
se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Sexto. Los Distritos Sanitarios de Atención Primaria o Área de Gestión Sanitaria en
los que se encuentra adscrita la plaza adjudicada según Anexo I adjunto, tramitarán por el
Sistema de Información de Recursos Humanos la toma de posesión y, en su caso, cese,
ante el Registro General de Personal, de conformidad con la Orden de la Consejería
de Gobernación y Justicia de fecha 24 de septiembre de 1999, por la que adopta la
aplicación del SIRhUS.
Sevilla, 5 de junio de 2025.- El Secretario General, Arturo Enrique Domínguez Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321787
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.