Disposiciones generales. . (2025/111-5)
Extracto de la Orden de 2 de junio de 2025, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al fomento del deporte en edad escolar y para personas con discapacidad, en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FCD).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Ámbito/Provincia
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Total

Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8344/2

Cuantía máxima provincial
48.885 €
60.760 €
62.355 €
63.960 €
43.150 €
41.900 €
81.440 €
97.550 €
500.000 €

La imputación presupuestaria se efectúa, en su totalidad, con cargo a créditos del
ejercicio 2025.
Sexto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde
el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Las solicitudes y demás documentos se presentarán exclusivamente de
forma electrónica en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía,
a través de la oficina virtual de la Consejería de Cultura y Deporte, a la que se podrá
acceder a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y
Servicios:
https://www.juntadeandalucia.es/deporte/dpweb/buscadorOV
Séptimo. Exigencia del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor.
Exigencia, en su caso, de declaración responsable de que todo el personal al que
corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado negativo del Registro
Central de delincuentes sexuales, según se contempla en el Anexo II de la orden de
convocatoria de la subvención.
Octavo. Órganos competentes.
1. El órgano competente para la instrucción, evaluación de las solicitudes, la propuesta
provisional de resolución, análisis de las alegaciones y documentación presentada,
propuesta definitiva de resolución será el Servicio de Deporte de la respectiva Delegación
Territorial competente en materia de deporte.
2. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones será
la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de deporte, que actuará
por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de deporte.

Sevilla, 2 de junio de 2025
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321943

Noveno. Otros datos.
El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás
datos necesarios sobre la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección
electrónica:
https://w w w.juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydepor te/ser vicios/
procedimientos/detalle/13755.html