Disposiciones generales. . (2025/113-5)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025, de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la medida de impulso del asociacionismo destinada a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo así como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, de la Línea 4, promoción del trabajo autónomo, regulada en la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8481/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025,
de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la medida de
impulso del asociacionismo destinada a la financiación parcial de los gastos
de funcionamiento de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo así
como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía que entre sus
fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, de la Línea 4, promoción
del trabajo autónomo, regulada en la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la
que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación,
consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo.
La Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras
del programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de
las empresas de trabajo autónomo (BOJA núm. 234, de 7 de diciembre de 2016), en
su disposición adicional única, delega en la persona titular de la Dirección General
competente en materia de trabajo autónomo la competencia para convocar, mediante
resolución, las subvenciones reguladas en la misma. El Decreto 155/2022, de 9 de
agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo, le atribuye, en su artículo 1.g), las competencias en materia de
trabajo autónomo. Estas competencias se ejercen a través de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social, a quien le corresponde, de acuerdo con el artículo
9.2.f) del referido decreto, entre otras.
En virtud de lo anterior,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el año 2025, la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, de la medida de impulso del asociacionismo destinada a la
financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones profesionales del
trabajo autónomo así como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía
que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, de la Línea 4,
promoción del trabajo autónomo, regulada en la Orden de 2 de diciembre de 2016,
por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación,
consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo.
Tercero. Créditos disponibles.
1. Las subvenciones a conceder se financiarán con las dotaciones que el Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2025 y anualidad 2026 destina
a las actuaciones en materia de trabajo autónomo en el ámbito de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, concretamente en el programa 72C «Trabajo
Autónomo y Economía Social», financiadas con fondos propios, según se resume a
continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322080
Segundo. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la Orden de 2 de diciembre de 2016 y por el resto de normativa que resulte
de aplicación al momento en el que la misma comience a producir sus efectos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8481/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025,
de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la medida de
impulso del asociacionismo destinada a la financiación parcial de los gastos
de funcionamiento de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo así
como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía que entre sus
fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, de la Línea 4, promoción
del trabajo autónomo, regulada en la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la
que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación,
consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo.
La Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras
del programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de
las empresas de trabajo autónomo (BOJA núm. 234, de 7 de diciembre de 2016), en
su disposición adicional única, delega en la persona titular de la Dirección General
competente en materia de trabajo autónomo la competencia para convocar, mediante
resolución, las subvenciones reguladas en la misma. El Decreto 155/2022, de 9 de
agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo, le atribuye, en su artículo 1.g), las competencias en materia de
trabajo autónomo. Estas competencias se ejercen a través de la Dirección General de
Trabajo Autónomo y Economía Social, a quien le corresponde, de acuerdo con el artículo
9.2.f) del referido decreto, entre otras.
En virtud de lo anterior,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el año 2025, la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, de la medida de impulso del asociacionismo destinada a la
financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones profesionales del
trabajo autónomo así como las organizaciones sindicales y empresariales de Andalucía
que entre sus fines tengan reconocido el apoyo al trabajo autónomo, de la Línea 4,
promoción del trabajo autónomo, regulada en la Orden de 2 de diciembre de 2016,
por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación,
consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo.
Tercero. Créditos disponibles.
1. Las subvenciones a conceder se financiarán con las dotaciones que el Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2025 y anualidad 2026 destina
a las actuaciones en materia de trabajo autónomo en el ámbito de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, concretamente en el programa 72C «Trabajo
Autónomo y Economía Social», financiadas con fondos propios, según se resume a
continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322080
Segundo. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la Orden de 2 de diciembre de 2016 y por el resto de normativa que resulte
de aplicación al momento en el que la misma comience a producir sus efectos.