Disposiciones generales. . (2025/114-4)
Extracto de la Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de participación, equidad, absentismo escolar y mediación intercultural en Andalucía para el curso 2025/2026 y se realiza la distribución territorial de los créditos correspondientes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
página 8571/2

LÍNEA 3
PROVINCIA

2025

LÍNEA 4
2025

2026

LÍNEA 5

LÍNEA 8

2025

2025

GRANADA

621,69 €

70.442,25 €

24.580,00 €

65.292,08 €

20.851,78 €

HUELVA

932,53 €

59.150,85 €

20.640,00 €

34.769,35 €

19.217,78 €

1.554,22 €

75.772,70 €

26.440,00 €

50.588,09 €

12.693,39 €

MÁLAGA

14.501,21 €

70.327,61 €

24.540,00 €

90.771,92 €

36.952,22 €

SEVILLA

7.973,49 €

89.643,35 €

31.280,00 €

109.563,30 €

21.268,97 €

JAÉN

Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente resolución entidades públicas,
asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas
en materia de equidad, participación, mediación intercultural y absentismo escolar en
Andalucía.
Para cada una de las líneas de subvención las entidades beneficiarias que establezcan
las bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
Constituye el objeto de la presente resolución convocar para el curso 2025/2026
ayudas económicas destinadas a fomentar la participación de entidades en el ámbito
educativo en materia de equidad, participación, mediación intercultural y absentismo
escolar en Andalucía.
La concreción del objeto para cada una de las líneas de subvención figura en las
bases reguladoras.

Quinto. Importe
La dotación de cada una de las líneas figura en el cuadro de convocatoria del punto
primero anterior.
La cuantía máxima de cada línea que se establece en las bases reguladoras, en el
apartado 5.a) del Cuadro Resumen correspondiente, es la siguiente:
• Línea 3: Porcentaje máximo de la subvención, 100% del coste total del presupuesto
aceptado, hasta un máximo de 6.000 euros en cumplimiento de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
• Línea 4: Porcentaje máximo de la subvención, hasta el 100% del coste total del
presupuesto aceptado. Con anticipo de un importe no superior al 50% para
subvenciones superiores a 6.000 euros y hasta el límite del 100% del importe de la
subvención en los casos de importe igual o inferior a 6.000 euros.
• Línea 5: Porcentaje máximo de la subvención, 100% del coste total del presupuesto
aceptado. Con anticipo del 100% del importe de la subvención concedida.
• Línea 8: Porcentaje máximo de la subvención, hasta el 100% del coste total del
presupuesto aceptado. Con anticipo del 100% del importe de la subvención
concedida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322170

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería de
Educación, aprobadas mediante Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas,
asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas
en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y
absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012.
(BOJA núm. 95, de 17 de mayo de 2011).