Autoridades y personal. . (2025/114-29)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria externa definitiva para la cobertura de un puesto de Teleasistente para la Jefatura del Servicio Andaluz de Teleasistencia en Málaga de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
página 8519/6
2.
El/la cónyuge de las personas con nacionalidad española y de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que
no estén separadas de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y de
su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
4. Las personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores, se
encuentren con residencia legal en España.
5.
Las personas solicitantes de nacionalidad diferente a la española que no
tengan como idioma nativo el castellano deberán acreditar documentalmente su
conocimiento.
RED. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad ordinaria de
jubilación.
RCF. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto.
RPP. Haber superado periodo de prueba para el mismo puesto al que opta en la
Agencia, en el caso de haber trabajado con anterioridad en la misma.
RSE. No haber sido la persona separada mediante expediente disciplinario de la
Agencia o de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para
el ejercicio de la función pública.
RPE. No pertenecer como personal de estructura de la Agencia conforme a lo
regulado en el Convenio de la misma.
RTI. Estar en posesión del Título de Formación Profesional de Grado Superior
o Bachiller o titulación equivalente, reconocido u homologado por la Administración
Educativa competente o certificado de profesionalidad de nivel 3 que acredite la
cualificación profesional para el puesto ofertado.
RPL. No ostentar la condición de personal de estructura de la Agencia en el mismo
puesto (perfil en su caso) y centro de trabajo objeto de la presente convocatoria.
Las personas que participen por el cupo de discapacidad, además de los requisitos
anteriores, deberán cumplir el siguiente requisito:
RDI. Estar en posesión de la documentación relacionada con discapacidad:
1. Informe acreditativo de la discapacidad y del grado correspondiente emitido por el
órgano competente en materia de discapacidad.
2. Informe acreditativo de la capacidad funcional emitido por el órgano competente en
materia de discapacidad.
El momento, tipo y modo de acreditación de cada uno de los requisitos anteriormente
descritos, quedan reflejados en las siguientes tablas:
MOMENTO DE LA
ACREDITACIÓN
REQUISITOS
TIPO DE ACREDITACIÓN
MODO DE ACREDITACIÓN
RNE. Tener nacionalidad
española (DNI vigente o
pasaporte en vigor)
Dentro del plazo de
presentación de solicitudes
Documental
DNI o Pasaporte aportado
en SEPPA (anverso y
reverso). En caso de no
poseer la nacionalidad
española aportar
documento acreditativo de
ser nacional de un Estado
miembro de la Unión
Europea
RED. Tener cumplidos dieciséis
años de edad y no exceder de la
edad ordinaria de jubilación
Dentro del plazo de
presentación de solicitudes
Casilla verificación en
SEPPA
SEPPA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322118
ACREDITACIÓN DE REQUISITOS INDISPENSABLES
BOJA
Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
página 8519/6
2.
El/la cónyuge de las personas con nacionalidad española y de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que
no estén separadas de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y de
su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
4. Las personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores, se
encuentren con residencia legal en España.
5.
Las personas solicitantes de nacionalidad diferente a la española que no
tengan como idioma nativo el castellano deberán acreditar documentalmente su
conocimiento.
RED. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad ordinaria de
jubilación.
RCF. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto.
RPP. Haber superado periodo de prueba para el mismo puesto al que opta en la
Agencia, en el caso de haber trabajado con anterioridad en la misma.
RSE. No haber sido la persona separada mediante expediente disciplinario de la
Agencia o de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para
el ejercicio de la función pública.
RPE. No pertenecer como personal de estructura de la Agencia conforme a lo
regulado en el Convenio de la misma.
RTI. Estar en posesión del Título de Formación Profesional de Grado Superior
o Bachiller o titulación equivalente, reconocido u homologado por la Administración
Educativa competente o certificado de profesionalidad de nivel 3 que acredite la
cualificación profesional para el puesto ofertado.
RPL. No ostentar la condición de personal de estructura de la Agencia en el mismo
puesto (perfil en su caso) y centro de trabajo objeto de la presente convocatoria.
Las personas que participen por el cupo de discapacidad, además de los requisitos
anteriores, deberán cumplir el siguiente requisito:
RDI. Estar en posesión de la documentación relacionada con discapacidad:
1. Informe acreditativo de la discapacidad y del grado correspondiente emitido por el
órgano competente en materia de discapacidad.
2. Informe acreditativo de la capacidad funcional emitido por el órgano competente en
materia de discapacidad.
El momento, tipo y modo de acreditación de cada uno de los requisitos anteriormente
descritos, quedan reflejados en las siguientes tablas:
MOMENTO DE LA
ACREDITACIÓN
REQUISITOS
TIPO DE ACREDITACIÓN
MODO DE ACREDITACIÓN
RNE. Tener nacionalidad
española (DNI vigente o
pasaporte en vigor)
Dentro del plazo de
presentación de solicitudes
Documental
DNI o Pasaporte aportado
en SEPPA (anverso y
reverso). En caso de no
poseer la nacionalidad
española aportar
documento acreditativo de
ser nacional de un Estado
miembro de la Unión
Europea
RED. Tener cumplidos dieciséis
años de edad y no exceder de la
edad ordinaria de jubilación
Dentro del plazo de
presentación de solicitudes
Casilla verificación en
SEPPA
SEPPA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322118
ACREDITACIÓN DE REQUISITOS INDISPENSABLES