3. Otras disposiciones. . (2025/114-34)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede autorización administrativa previa para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominada y a efectos de la solicitud de autorización ambiental unificada. (PP. 996/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
página 6683/4

• Instrucción Conjunta 1/2022 de la Secretaría General de Energía de la Consejería
de Política Industrial y Energía y de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y
Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas
de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, que se encuentren sometidas a autorización ambiental unificada.
Cuarto. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que
se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre,
por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad
regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio,
de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Quinto. El artículo 57 de la Ley 39/2015, indica que: «El órgano administrativo que
inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá
disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde
identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba
tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá
recurso alguno».
En virtud de lo cual se acuerda acumular los procedimientos administrativos para
la concesión de autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la instalación de eléctrica de referencia.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación
RESU ELV E

Características técnicas principales de la instalación solar FV:
• Potencia de módulos FV (pico) de generación: 6,489 MWp.
• Potencia Instalada (inversores) de generación: 4,99 MW.
• Potencia Máxima de Evacuación: 4,99 MWn.
• Tensión de evacuación: 66 kV.
• Punto de conexión: Barras 66 kV Set Alcores 66 kV 1 (E-Distribución RedesDigitales,
S.L.U.)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320283

Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil Arena Power Ren 26, S.L.U
(CIF B09818337), autorización administrativa previa para la instalación de generación de
energía eléctrica denominada «PSFV Camino de Indias 51», con una potencia instalada
de 4,99 MW, y ubicada en el término municipal de Carmona (Sevilla), cuyas características
principales son las siguientes:
Peticionario: Arena Power Ren 26 S.L.U (CIF B09818337).
Domicilio: Paseo Club Deportivo, s/n, Edificio 4, 1.ª planta, 28223 Pozuelo de Alarcón
(Madrid).
Denominación de la Instalación: PSFV Camino de Indias 51.
Términos municipales afectados: Carmona.
Emplazamiento de la ISF: Polígono 71, Parcela 29.
Finalidad de la Instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología
Fotovoltaica (b.1.1 R.D. Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula
la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos).