Disposiciones generales. . (2025/114-2)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de participación, equidad, absentismo escolar y mediación intercultural en Andalucía para el curso 2025/2026 y se realiza la distribución territorial de los créditos correspondientes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
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ANEXO I

6. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (Cumplimentar
este apartado siguiendo el orden decreciente de importancia establecido en las bases reguladoras, se
adjuntarán tantas copias de la presente hoja como sea necesario) (Continuación)

Proyectos y actuaciones cuyo objetivo sea conseguir que la composición de las juntas directivas de las asociaciones tengan una
composición con participación paritaria de mujeres y hombres.

JUSTIFICACIÓN DE ESTE CRITERIO EN SU PROYECTO
(Declaración expresa responsable del titular de la presidencia de la entidad solicitante del número de mujeres y hombres que forman
parte de la Junta directiva de la Entidad solicitante)
Actividades de formación para participar en la de construcción de clima de convivencia positivo en la comunidad educativa.

JUSTIFICACIÓN DE ESTE CRITERIO EN SU PROYECTO
(Deberá estar contenido en el programa /proyecto presentado, en concreto en los apartados 5.3.1. y 5.3.3.)
Publicaciones editadas el año anterior, valorándose el número, la calidad y el rigor de los temas tratados, la tirada y la periodicidad
de las mismas.

JUSTIFICACIÓN DE ESTE CRITERIO EN SU PROYECTO
(Se deberán aportar documentos que justifiquen claramente qué actividades subvencionadas se van a realizar para valorar
cualquiera de las mencionadas en el artículo 15.2.)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322169

001841/2

JUSTIFICACIÓN DE ESTE CRITERIO EN SU PROYECTO
(Aportar los materiales publicados en los 3 años anteriores)
Cumplimiento del artículo 15.2 del Reglamento aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se le asignarán hasta 5 puntos a la
inclusión de cumplimiento de las normas medioambientales, de valoración de empleos estables creados o mantenidos, actuaciones
que incluyan la perspectiva de discapacidad, actuaciones para conseguir la igualdad de género, actuación de impacto de salud y
seguridad laboral ya sea de manera conjunta o individualizada, actividades en las que participe el alumnado con discapacidad,
inmigrantes y de minorías étnicas y culturales.