Disposiciones generales. . (2025/114-2)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de participación, equidad, absentismo escolar y mediación intercultural en Andalucía para el curso 2025/2026 y se realiza la distribución territorial de los créditos correspondientes.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
página 8570/2

Cuarto. Lugar y plazo de presentación.
1. En cumplimiento de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se podrán presentar únicamente
en formato electrónico, en los lugares y registros siguientes:
- En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a
través de la siguiente dirección electrónica:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
- En los lugares y registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el
artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
2. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios
de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía.
La relación de prestadores de servicios de certificación cuyos certificados electrónicos
reconoce la Administración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la dirección
electrónica:
https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/adminelec/e-coop/prestadoresservicios.
Igualmente se podrá utilizar cualquiera de los sistemas de identificación y firma
admitidos por las Administraciones Públicas en los términos de los artículos 9 y 10
respectivamente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de 15 días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo
establecido en el párrafo anterior, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá
ser notificada a las personas interesadas en los términos previstos en el artículo 40 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Quinto. Financiación y cuantías.
La cuantía de las subvenciones estará limitada por la disponibilidad presupuestaria
existente. La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a los presupuestos de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional a los artículos y programas
presupuestarios indicados:

Anualidad 2025

Partida presupuestaria

3.730,12 €

1100020000 G/42F/48601/04 01

ALMERÍA
CÁDIZ

2.175,90 €

1100020000 G/42F/48601/11 01

CÓRDOBA

1.865,06 €

1100020000 G/42F/48601/14 01

GRANADA

621,69 €

1100020000 G/42F/48601/18 01

HUELVA

932,53 €

1100020000 G/42F/48601/21 01

JAÉN

1.554,22 €

1100020000 G/42F/48601/23 01

MÁLAGA

14.501,21 €

1100020000 G/42F/48601/29 01

SEVILLA

7.973,49 €

1100020000 G/42F/48601/41 01

Línea 4. Actuaciones de las entidades locales para la prevención, seguimiento y
control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado emigrante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322169

Línea 3. Fomento de la participación para federaciones provinciales de asociaciones
del alumnado y de asociaciones del alumnado en Andalucía. Cuantía total máxima
destinada 33.354,22 euros, de acuerdo con la siguiente distribución y partidas
presupuestarias: