Autoridades y personal. . (2025/115-31)
Acuerdo de 4 de junio de 2025, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo técnico, escala de técnicos, especialidad Administración General, del Parlamento de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Miércoles, 18 de junio de 2025
página 8595/7
las anuladas por otras tantas de reserva, por su correspondiente orden, y de acuerdo con
su distribución por bloques.
6.2.1. Cada acierto tendrá el valor de un punto y cada contestación errónea se
penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La puntuación de cada aspirante vendrá determinada por la aplicación de la fórmula:
P = Vx [A - (E/3)]
6.3. Segundo ejercicio. Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo
máximo de tres horas, de dos temas para elegir entre cuatro extraídos al azar por el
tribunal calificador, correspondientes al temario específico (temas 26 a 70) del citado
programa de materias.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el tribunal, que podrá dirigirse a la
persona aspirante al final de la lectura del ejercicio para aclarar cuestiones relacionadas
con la exposición.
A estos efectos, con carácter previo a la celebración del segundo ejercicio de la
oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar el orden de lectura del mencionado
ejercicio por parte de las personas aspirantes. La intervención de los aspirantes será por
orden alfabético del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra extraída al azar
en dicho sorteo.
6.3.1. Este ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos. Para aprobar dicho ejercicio será
necesario obtener una calificación mínima de 50 puntos.
6.3.2. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del
Parlamento la lista de aspirantes aprobados, ordenada alfabéticamente, con la puntuación
obtenida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322194
En la que V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas acertadas
evaluables y E, el número de preguntas erróneas evaluables.
Este ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos.
6.2.2. El tribunal calificador queda facultado para determinar, con anterioridad a la
identificación nominal de los aspirantes, la puntuación que es necesario obtener para
aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 50, respetando
siempre los principios de mérito y capacidad.
6.2.3. Tras la realización del ejercicio, el tribunal calificador hará públicos en la página
web del Parlamento el cuestionario de dicho ejercicio y la plantilla de respuestas correctas
que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente
al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a aquella. La
resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal se hará
pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio. Se considerarán desestimadas
todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de
preguntas evaluables establecidas en el párrafo primero de este apartado, y a fin de
garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el
ejercicio, el tribunal calificador adaptará el valor asignado a cada acierto.
Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas
examinadas. Quedarán automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen
en los que consten marcas o signos de identificación.
Tras ser acordada la plantilla definitiva, que se publicará en la página web del
Parlamento, y corregido el ejercicio, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios y
en la página web del Parlamento la lista de personas aspirantes aprobadas, ordenadas
alfabéticamente, con la puntuación obtenida.
Las plantillas, provisional y definitiva, no son recurribles de forma independiente a la
publicación de la lista de personas aprobadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Miércoles, 18 de junio de 2025
página 8595/7
las anuladas por otras tantas de reserva, por su correspondiente orden, y de acuerdo con
su distribución por bloques.
6.2.1. Cada acierto tendrá el valor de un punto y cada contestación errónea se
penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La puntuación de cada aspirante vendrá determinada por la aplicación de la fórmula:
P = Vx [A - (E/3)]
6.3. Segundo ejercicio. Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo
máximo de tres horas, de dos temas para elegir entre cuatro extraídos al azar por el
tribunal calificador, correspondientes al temario específico (temas 26 a 70) del citado
programa de materias.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el tribunal, que podrá dirigirse a la
persona aspirante al final de la lectura del ejercicio para aclarar cuestiones relacionadas
con la exposición.
A estos efectos, con carácter previo a la celebración del segundo ejercicio de la
oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar el orden de lectura del mencionado
ejercicio por parte de las personas aspirantes. La intervención de los aspirantes será por
orden alfabético del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra extraída al azar
en dicho sorteo.
6.3.1. Este ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos. Para aprobar dicho ejercicio será
necesario obtener una calificación mínima de 50 puntos.
6.3.2. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del
Parlamento la lista de aspirantes aprobados, ordenada alfabéticamente, con la puntuación
obtenida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322194
En la que V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas acertadas
evaluables y E, el número de preguntas erróneas evaluables.
Este ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos.
6.2.2. El tribunal calificador queda facultado para determinar, con anterioridad a la
identificación nominal de los aspirantes, la puntuación que es necesario obtener para
aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 50, respetando
siempre los principios de mérito y capacidad.
6.2.3. Tras la realización del ejercicio, el tribunal calificador hará públicos en la página
web del Parlamento el cuestionario de dicho ejercicio y la plantilla de respuestas correctas
que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente
al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a aquella. La
resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal se hará
pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio. Se considerarán desestimadas
todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de
preguntas evaluables establecidas en el párrafo primero de este apartado, y a fin de
garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el
ejercicio, el tribunal calificador adaptará el valor asignado a cada acierto.
Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas
examinadas. Quedarán automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen
en los que consten marcas o signos de identificación.
Tras ser acordada la plantilla definitiva, que se publicará en la página web del
Parlamento, y corregido el ejercicio, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios y
en la página web del Parlamento la lista de personas aspirantes aprobadas, ordenadas
alfabéticamente, con la puntuación obtenida.
Las plantillas, provisional y definitiva, no son recurribles de forma independiente a la
publicación de la lista de personas aprobadas.