Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01814/2025)
Bases reguladoras de la concesión del XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 1814/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Cultura, Deportes y Juventud
Badajoz
Anuncio 1814/2025
Bases reguladoras de la concesión del XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española
DECRETO
En el Palacio de la Diputación de Badajoz, a fecha de firma electrónica.
Con la finalidad de favorecer el crecimiento económico y social así como el impulso, solidaridad, reequilibrio intermunicipal y
territorial de los pueblos de la provincia, la Diputación de Badajoz realiza políticas públicas de fomento, que aparecen
definidas en sus líneas de actuación, como instrumento de planificación que permite mejorar la eficacia de las acciones a
desarrollar. Dentro de los objetivos estratégicos establecidos se encuentra el fomento de las actividades relacionadas con la
cultura y el deporte, en cuanto a actividades que generan riqueza y empleo, favorecen la cohesión social, potencian la
imagen de una provincia atractiva, dinámica y viva y contribuyen al desarrollo local, todo ello conforme a lo dispuesto en el
artículo 36.1d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
En consonancia con los fines y objetivos anteriormente expuestos, la Diputación de Badajoz publica las bases del "XX Premio
Dulce Chacón de Narrativa Española", de 2025, con el fin de honrar la memoria de la escritora zafrense Dulce Chacón
Gutiérrez (1954-2003) y reconocer y premiar la calidad literaria en la literatura española contemporánea.
Para ello se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión del premio, conjunta o previamente a la
publicación de las mismas. Este Premio a que se refieren las presentes bases, se encuadra en el apartado 8.6 del Primer Plan
Estratégico Provincial de Dinamización Cultural 2023-2027 del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Vista la propuesta del Director del Área de Cultura, Deportes y Juventud para la aprobación de unas bases específicas
reguladoras de la concesión del "XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española" que constituyan la normativa específica
por la que se rija la misma.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 10 de abril de 2024, de Reordenación de Áreas
Funcionales y Delegaciones de la Corporación Provincial y la regulación contenida en la Disposición Transitoria Primera del
Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO
Primero.- Aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión del "XX Premio Dulce Chacón de
Narrativa Española", cuyo texto forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar el gasto por la cuantía del Premio que fija la publicación de las bases.
Tercero.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión del Premio de acuerdo
con los principios generales de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo.
Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente
indicada, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En el Palacio de la Diputación de Badajoz, a fecha de firma electrónica.
Con la finalidad de favorecer el crecimiento económico y social así como el impulso, solidaridad, reequilibrio intermunicipal y
territorial de los pueblos de la provincia, la Diputación de Badajoz realiza políticas públicas de fomento, que aparecen
definidas en sus líneas de actuación, como instrumento de planificación que permite mejorar la eficacia de las acciones a
desarrollar. Dentro de los objetivos estratégicos establecidos se encuentra el fomento de las actividades relacionadas con la
cultura y el deporte, en cuanto a actividades que generan riqueza y empleo, favorecen la cohesión social, potencian la
imagen de una provincia atractiva, dinámica y viva y contribuyen al desarrollo local, todo ello conforme a lo dispuesto en el
artículo 36.1d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
En consonancia con los fines y objetivos anteriormente expuestos, la Diputación de Badajoz publica las bases del "XX Premio
Dulce Chacón de Narrativa Española", de 2025, con el fin de honrar la memoria de la escritora zafrense Dulce Chacón
Gutiérrez (1954-2003) y reconocer y premiar la calidad literaria en la literatura española contemporánea.
Para ello se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión del premio, conjunta o previamente a la
publicación de las mismas. Este Premio a que se refieren las presentes bases, se encuadra en el apartado 8.6 del Primer Plan
Estratégico Provincial de Dinamización Cultural 2023-2027 del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Vista la propuesta del Director del Área de Cultura, Deportes y Juventud para la aprobación de unas bases específicas
reguladoras de la concesión del "XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española" que constituyan la normativa específica
por la que se rija la misma.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de 10 de abril de 2024, de Reordenación de Áreas
Funcionales y Delegaciones de la Corporación Provincial y la regulación contenida en la Disposición Transitoria Primera del
Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO
Primero.- Aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión del "XX Premio Dulce Chacón de
Narrativa Española", cuyo texto forma parte inseparable del presente acuerdo.
Segundo.- Aprobar el gasto por la cuantía del Premio que fija la publicación de las bases.
Tercero.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión del Premio de acuerdo
con los principios generales de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo.
Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente
indicada, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
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