Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (01821/2025)
Bases de la convocatoria del Programa de colaboración económica municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias para el año 2025
21 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Peñalsordo
Anuncio 1821/2025
Concepto
Importe
Alojamiento:
Gastos de alquiler
Gastos de préstamo hipotecario
Alojamiento temporal/traslado de enseres
Instalaciones y/o equipamiento básico:
Gastos de mobiliario básico
Gastos de electrodomésticos
Gastos de pequeñas reparaciones o adaptaciones
Necesidades básicas:
Asistencia sanitaria/sociosanitaria no cubiertos por el sistema público:
Gasto farmacéutico
Vacunas indispensables
Desplazamientos
Alojamiento durante tratamiento
Prótesis auditivas
Gafas
Material ortoprotésico
Tratamiento dental
Endeudamiento previo de
Carencia crítica excepcional
4. Documentación que se acompaña a la solicitud (marcar con una X):
Alta a terceros.
El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte. En caso de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de
Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberán aportar copia del pasaporte o
documento de identidad válido en vigor, así como del certificado de registro como persona con residencia comunitaria.
El resto de nacionalidades extranjeras distintas a la Unión Europea deberán aportar copia de la autorización de trabajo o
autorización de residencia y trabajo en vigor. En defecto de los mismos, deberá aportarse copia del pasaporte o documento
de identidad válido en vigor y del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional
acreditativa de la residencia legal en territorio español.
En el caso de personas refugiadas, deberán aportar copia del documento en vigor que así lo acredite si tuvieran ya
reconocida esta condición o, en caso de solicitud de asilo en trámite, deberán aportar el comprobante de su solicitud
sellado, así como, en ambos casos, copia de su pasaporte o documento de identidad válido en vigor.
En caso de estancia autorizada por razones humanitarias, deberán aportar copia de su pasaporte o documento de identidad
válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la autorización en vigor.
En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del centro en que resida o esté siendo
atendido/a acreditativo de la fecha de ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la antigüedad de inscripción en el Padrón
Municipal de la persona solicitante. No se admitirán aquellos que hayan sido emitidos con una antelación superior al mes a
la fecha de presentación de la solicitud.
Copia/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos equivalentes de su país de procedencia
acreditativos del parentesco, traducidos al castellano.
En caso de emancipación judicial o por concesión de quienes ejerzan la patria potestad, deberá aportarse copia de la
resolución judicial, la escritura pública o la inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia o de las medias provisionales acordadas
y del convenio regulador.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Instalaciones y/o equipamiento básico:
Gastos de mobiliario básico
Gastos de electrodomésticos
Gastos de pequeñas reparaciones o adaptaciones
Necesidades básicas:
Asistencia sanitaria/sociosanitaria no cubiertos por el sistema público:
Gasto farmacéutico
Vacunas indispensables
Desplazamientos
Alojamiento durante tratamiento
Prótesis auditivas
Gafas
Material ortoprotésico
Tratamiento dental
Endeudamiento previo de
Carencia crítica excepcional
4. Documentación que se acompaña a la solicitud (marcar con una X):
Alta a terceros.
El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte. En caso de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de
Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberán aportar copia del pasaporte o
documento de identidad válido en vigor, así como del certificado de registro como persona con residencia comunitaria.
El resto de nacionalidades extranjeras distintas a la Unión Europea deberán aportar copia de la autorización de trabajo o
autorización de residencia y trabajo en vigor. En defecto de los mismos, deberá aportarse copia del pasaporte o documento
de identidad válido en vigor y del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional
acreditativa de la residencia legal en territorio español.
En el caso de personas refugiadas, deberán aportar copia del documento en vigor que así lo acredite si tuvieran ya
reconocida esta condición o, en caso de solicitud de asilo en trámite, deberán aportar el comprobante de su solicitud
sellado, así como, en ambos casos, copia de su pasaporte o documento de identidad válido en vigor.
En caso de estancia autorizada por razones humanitarias, deberán aportar copia de su pasaporte o documento de identidad
válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la autorización en vigor.
En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del centro en que resida o esté siendo
atendido/a acreditativo de la fecha de ingreso, así como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la antigüedad de inscripción en el Padrón
Municipal de la persona solicitante. No se admitirán aquellos que hayan sido emitidos con una antelación superior al mes a
la fecha de presentación de la solicitud.
Copia/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos equivalentes de su país de procedencia
acreditativos del parentesco, traducidos al castellano.
En caso de emancipación judicial o por concesión de quienes ejerzan la patria potestad, deberá aportarse copia de la
resolución judicial, la escritura pública o la inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia o de las medias provisionales acordadas
y del convenio regulador.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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