Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hinojosa del Valle. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02066/2025)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de expedición de documentos
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Ayuntamiento de Hinojosa del Valle

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Hinojosa del Valle
Hinojosa del Valle (Badajoz)
Anuncio 2066/2025
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de expedición de documentos

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en
sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2025, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, de fecha 11 de abril de
2025, la aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de expedición de documentos sin
que se haya presentado dentro del mismo ninguna reclamación; dicho acuerdo se eleva a definitivo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 17.3 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y artículo 17. 4 de la anteriormente citada Ley 39/88, se publican sus textos íntegros, a efectos de
su entrada en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la citada Ley 7/85.
Contra dicha aprobación definitiva se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el
Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda.
En Hinojosa del Valle, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Victoria Sánchez Sánchez.
____________________
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE EXPEDICIÓN DE
DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se modificara en el artículo 6 de cuota tributaria:
Donde antes decía:

EPÍGRAFE PRIMERO: FOTOCOPIAS, FAX, CERTIFICACIONES Y COMPULSAS.
1.- Fotocopias A4:
Blanco y negro: 0,10 €.
Color: 1,00 €.
Fotocopias A3:
Blanco y negro: 0,20 €.
Color: 2,00 €.
2.- Fax:
- Local y provincial: 1,00 €.
- Interprovincial: 2,00 €.
- Internacional: 3,00 €.
3.- Compulsa de documentos: 1,00 €.
4.- Por cada certificación de empadronamiento, convivencia, residencia, etc.: 2,00 €.
5.- Documentación matanzas: 6,50 €.
EPÍGRAFE SEGUNDO: DOCUMENTOS RELATIVOS A SERVICIOS DE URBANISMO.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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