Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Arco. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02192/2025)
Aprobación definitiva del programa de ejecución para la transformación urbanística de la Unidad de Actuación UA-03 del Plan General Municipal
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Fuente del Arco

Anuncio 2192/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Arco
Fuente del Arco (Badajoz)
Anuncio 2192/2025
Aprobación definitiva del programa de ejecución para la transformación urbanística de la Unidad de Actuación UA-03
del Plan General Municipal

Se publica, para su general conocimiento, que por decreto de Alcaldía número 91/2025, de 23-5-2025, se aprobó
definitivamente el programa de ejecución para la transformación urbanística de la Unidad de Actuación UA-03 del Plan
General municipal de Fuente del Arco y su adjudicación por gestión indirecta, por sistema de compensación, a la Agrupación
de Interés Urbanístico "Unidad de Actuación UA3".
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Fuente del Arco, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Antonia María Murillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3