Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02350/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva destinadas a entidades con fines sanitarios para el año 2025
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Ayuntamiento de Almendralejo

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4. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
Fotocopia compulsada del CIF de la entidad solicitante y del DNI de su representante.
Declaración responsable suscrita por el presidente de la entidad en la que se haga constar que la misma no se halla
incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones. Este documento puede obtenerlo en el anexo II de estas bases.
Proyecto y presupuesto específico para el que se solicita la ayuda según modelo que figura en el anexo III de estas
bases.
Certificado emitido por el/la Secretario/a de la entidad, indicando el número de personas asociadas y la cuota a
aportar por los socios. Dispone de un modelo en el anexo IV.
Declaración de insuficiencia financiera conforme al modelo disponible en el anexo V.
Declaración de la obtención o no por parte de la entidad beneficiaria de una subvención concurrente de otras
Administraciones, entidades públicas o privadas. Anexo VI.
Certificaciones administrativas positivas expedidas por los órganos competentes acreditativas de estar al corriente
con las obligaciones tributarias estatales, la Seguridad Social y la hacienda local (puede autorizar la petición de estos
certificados por el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo conforme al modelo establecido en el anexo VII).
Certificado de tenencia de sede social según el anexo VIII.
Certificado del Secretario/a de la Junta Directiva de la Entidad, que acredite que quien firma la solicitud es el
representante legal de la misma y que tiene capacidad para realizar tal acto conforme al anexo IX.
En el caso en el que sea necesario la contratación de monitores, listado de monitores y fotocopia de titulación
homologada de los mismos, y en su caso, justificante de contrato y alta en la seguridad social del monitor o
monitores contratados necesarios para el desarrollo del Proyecto que se presenta. En el caso de contratación
posterior a la concesión deberá comunicarse al Ayuntamiento en el momento en que esta sea efectiva.
Ficha de alta de terceros debidamente cumplimentadas en caso de ser la primera vez que se solicita la subvención.
(El modelo está disponible en el portal web del Ayuntamiento de Almendralejo).
Documentación aportada voluntariamente en apoyo de la solicitud:
________________________________________________________________________________________________________________
En Almendralejo, a ____ de ______________ de 2025.

Fdo: ________________________________
A/A Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
__________________
ANEXO II: DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don/Doña ____________________________________, con DNI número ______________, y domicilio
en_________________________________________, en nombre y representación de la entidad
_______________________________________________________________________________con CIF _______________, domicilio social en
________________________________________ y número de teléfono para notificaciones _______________________.
Declara responsablemente ante el órgano competente para la concesión de la subvención prevista en la convocatoria 2025
de ayudas a entidades sin ánimo de lucro de carácter sanitario, que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones que
para ser beneficiario se establecen en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y, en particular, que:
No ha sido condenado/a mediante sentencia firme o resolución a la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones
o ayudas públicas.
No ha solicitado la declaración de concurso, ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, ni se halla
declarada en concurso, ni está sujeta a intervención judicial, ni se encuentra inhabilitada conforme a la Ley
Concursal.
No ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato
celebrado por la Administración.
No está incursa en algunos de los supuestos de la Ley 12/995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros
del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984 de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, ni se trata de cualesquiera
de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los
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