Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02354/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades sociales sin ánimo de lucro para el año 2025
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2354/2025

o mediante servicio profesional, las cotizaciones sociales (modelo TC1) y el IRPF (modelo 111).
- Facturas y recibos legales y completos en los que debe figurar (artículo 6.1 RD 1619/2012):
a) Número y, en su caso, serie de la factura o recibo.
b) Fecha de expedición
c) Nombre y apellidos, razón o denominación social del obligado a expedir factura y del destinatario de las
operaciones (en este caso el beneficiario de la subvención).
d) Número o código de identificación fiscal del expedidor de la factura.
e) Domicilio del obligado a expedir factura y del destinatario de las operaciones.
f) Indicación de forma separada de la base imponible, el tipo aplicable y la cuota.
g) Identificación de los bienes entregados o servicios prestados.
- Facturas simplificadas o tiques de caja en los que consten, al menos, los siguientes datos:
a) Número y en su caso serie.
b) Fecha de emisión.
c) Nombre y apellidos o razón social del obligado a expedirla y del destinatario de las operaciones y CIF/NIF de
los mismos.
d) Tipo impositivo aplicado o la expresión IVA incluido.
e) Identificación de los bienes entregados o servicios prestados.
D.- Originales o copias compulsadas de los pagos realizados. Se considerará gasto realizado el que haya sido
efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. Cada factura o cualquier
otro documento de gasto (nóminas, seguros sociales, IRPF, recibos, tiques, etc.…) se debe acompañar de su
documento de pago.
Las formas de pago admitidas de los gastos de la actividad son las siguientes:
◦ Transferencia o domiciliación bancaria.
◦ Cheque nominativo: Se deberá adjuntar copia del cheque y extracto de la cuenta bancaria acreditativo del
cargo realizado.
◦ Pago en efectivo: No pueden pagarse en efectivo operaciones de un importe igual o superiores a 1.000,00
euros (p.e. si la operación es de 1.100,00 euros y se pagan 200,00 euros en efectivo, se estaría incumpliendo la
Ley 11/2021, de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal).
La factura pagada en efectivo debe contener lo siguiente:
• Término "Recibí" o similar.
• Datos identificativos de la persona que cobra el dinero: NIF, firma y sello.
• Fecha del pago.
◦ Pago con tarjeta bancaria: Se justifica mediante el resguardo del pago realizado con la tarjeta. El titular de la
tarjeta debe ser el beneficiario de la subvención.
Se exigirá que las fechas de pago estén comprendidas dentro del plazo comprendido entre la firma de este
convenio y el plazo para la justificación establecido en la cláusula anterior.
◦ Otros justificantes de pago.
El pago de los gastos de Seguridad Social se justifica con el recibo de liquidación de cotizaciones (equivalente
al TC1). Cuando se paga por ventanilla, la entidad le pondrá el sello de caja y/o la certificación mecánica, en
cualquiera de los dos casos esto permite comprobar la fecha del pago. Si el recibo de liquidación de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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