Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (02348/2025)
Convocatoria, bases y acciones formativas del Plan de formación propia del segundo semestre de 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Anuncio 2348/2025
badajoz.es.
La inexistencia de dicha comunicación o la no presentación a la misma habiendo sido convocado, dará lugar a una
penalización que consiste en la exclusión para solicitar acciones formativas en el siguiente plan.
En el caso de fuerza mayor, el alumnado deberá comunicar al negociado de formación esta circunstancia en cuanto se
produzca, y aportar justificante para evitar la penalización prevista para la ausencia de comunicación, comentada en el
párrafo anterior.
Se consideran causas de fuerza mayor:
- Enfermedad o causas médicas propias o de un familiar cercano.
- Fallecimiento de un familiar cercano.
- Deber inexcusable de la ley.
- Accidente grave de cualquier índole.
- Cualquier otro caso no contemplado en los puntos anteriores que deberá ser aprobado por la EFLI.
Novena: Indemnizaciones por gastos de desplazamiento y otros.
a) Alumnos/as pertenecientes a la Diputación, sus OO.AA. y entidades consorciadas: Los gastos de
desplazamiento y manutención deberán solicitarlos los propios interesados al departamento al que estén
adscritos, siendo por cuenta de estos.
b) Alumnos/as del resto de entidades locales de la provincia: Los gastos de desplazamientos y manutención
deberán solicitarlos y tramitarlos en la entidad a la que pertenezcan, siendo por cuenta de estas.
c) Docentes, coordinadores/as externos: Solo se tramitarán los gastos de desplazamiento, manutención y
alojamiento del personal externo que sea nombrado docente o coordinador/a de cursos de formación o
jornadas celebrados al amparo de nuestros planes de formación (solo cuando no se haya incluido en las
condiciones del nombramiento/contratación) necesarios para la impartición de las acciones formativa. En lo
relativo al alojamiento y transporte público será a través del servicio de gestión contractual. Los gastos de
kilometraje y dietas se gestionarán por la EFLI.
d) Docentes, coordinadores/as Internos: Los gastos de desplazamiento y manutención del personal interno
deberán solicitarlos los propios interesados al departamento al que estén adscritos, siendo por cuenta de
estos.
Los gastos derivados de desplazamiento u otros conceptos se ajustarán a la norma Real Decreto 462/2002, de
24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Décima: Certificación de los cursos.
Al personal que participe en las distintas actividades previstas en el Plan de Formación se le expedirá Diploma de asistencia
en el caso de los cursos presenciales o aprovechamiento en el caso de cursos on line o semipresenciales, según lo indicado
en la guía didáctica de la acción formativa.
Con carácter general, la inasistencia (inclusive justificada) no puede superar el 10% de la duración del curso; no obstante,
cada curso podrá establecer condiciones especiales de asistencia a determinadas sesiones de forma obligatoria, las cuales
deben detallarse en la convocatoria y en la Guía Didáctica.
En todo caso, las faltas de asistencia deben justificarse debidamente en el plazo máximo de diez días naturales desde el
momento en que se produjo, siendo responsabilidad del alumnado su remisión por correo electrónico a la EFLI
(gestionadministrativa.formacion@dip-badajoz.es); transcurrido dicho plazo, se denegará la emisión del correspondiente
certificado de participación en la actividad formativa y dará lugar a la penalización de la persona, no pudiendo participar en
Plan siguiente.
A los/as docentes internos que hayan impartido actividades formativas al amparo del presente Plan, se le emitirá un
certificado docente de oficio. A los/as docentes externos tendrá que solicitarlo a la EFLI para su expedición. A las empresas
se les acreditará las horas de docencia con un certificado de buena ejecución.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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badajoz.es.
La inexistencia de dicha comunicación o la no presentación a la misma habiendo sido convocado, dará lugar a una
penalización que consiste en la exclusión para solicitar acciones formativas en el siguiente plan.
En el caso de fuerza mayor, el alumnado deberá comunicar al negociado de formación esta circunstancia en cuanto se
produzca, y aportar justificante para evitar la penalización prevista para la ausencia de comunicación, comentada en el
párrafo anterior.
Se consideran causas de fuerza mayor:
- Enfermedad o causas médicas propias o de un familiar cercano.
- Fallecimiento de un familiar cercano.
- Deber inexcusable de la ley.
- Accidente grave de cualquier índole.
- Cualquier otro caso no contemplado en los puntos anteriores que deberá ser aprobado por la EFLI.
Novena: Indemnizaciones por gastos de desplazamiento y otros.
a) Alumnos/as pertenecientes a la Diputación, sus OO.AA. y entidades consorciadas: Los gastos de
desplazamiento y manutención deberán solicitarlos los propios interesados al departamento al que estén
adscritos, siendo por cuenta de estos.
b) Alumnos/as del resto de entidades locales de la provincia: Los gastos de desplazamientos y manutención
deberán solicitarlos y tramitarlos en la entidad a la que pertenezcan, siendo por cuenta de estas.
c) Docentes, coordinadores/as externos: Solo se tramitarán los gastos de desplazamiento, manutención y
alojamiento del personal externo que sea nombrado docente o coordinador/a de cursos de formación o
jornadas celebrados al amparo de nuestros planes de formación (solo cuando no se haya incluido en las
condiciones del nombramiento/contratación) necesarios para la impartición de las acciones formativa. En lo
relativo al alojamiento y transporte público será a través del servicio de gestión contractual. Los gastos de
kilometraje y dietas se gestionarán por la EFLI.
d) Docentes, coordinadores/as Internos: Los gastos de desplazamiento y manutención del personal interno
deberán solicitarlos los propios interesados al departamento al que estén adscritos, siendo por cuenta de
estos.
Los gastos derivados de desplazamiento u otros conceptos se ajustarán a la norma Real Decreto 462/2002, de
24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Décima: Certificación de los cursos.
Al personal que participe en las distintas actividades previstas en el Plan de Formación se le expedirá Diploma de asistencia
en el caso de los cursos presenciales o aprovechamiento en el caso de cursos on line o semipresenciales, según lo indicado
en la guía didáctica de la acción formativa.
Con carácter general, la inasistencia (inclusive justificada) no puede superar el 10% de la duración del curso; no obstante,
cada curso podrá establecer condiciones especiales de asistencia a determinadas sesiones de forma obligatoria, las cuales
deben detallarse en la convocatoria y en la Guía Didáctica.
En todo caso, las faltas de asistencia deben justificarse debidamente en el plazo máximo de diez días naturales desde el
momento en que se produjo, siendo responsabilidad del alumnado su remisión por correo electrónico a la EFLI
(gestionadministrativa.formacion@dip-badajoz.es); transcurrido dicho plazo, se denegará la emisión del correspondiente
certificado de participación en la actividad formativa y dará lugar a la penalización de la persona, no pudiendo participar en
Plan siguiente.
A los/as docentes internos que hayan impartido actividades formativas al amparo del presente Plan, se le emitirá un
certificado docente de oficio. A los/as docentes externos tendrá que solicitarlo a la EFLI para su expedición. A las empresas
se les acreditará las horas de docencia con un certificado de buena ejecución.
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