Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Usagre. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02392/2025)
Aprobación de la modificación de los responsables de concejalías y miembros de las comisiones informativas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Usagre
Anuncio 2392/2025
Concejalía de economía y hacienda.
Segundo: Aprobar la sustitución en la Comisiones Informativas de Personal y Empleo; en la Comisión
Informativa de Economía, Hacienda y Urbanismo; y en la Comisión Especial de Cuentas a la concejal doña
Nerea Guerrero Gallardo por la Concejal doña Pilar Jesica Ortiz Nisa.
Tercero: Dar publicidad de los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de a Provincia y en la sede electrónica
de este Ayuntamiento [dirección: https://usagre.sedeelectronica.es].
Cuarto: Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la primera sesión que este celebre
para su conocimiento y ratificación, en virtud de lo previsto en el artículo 42 del R.O.F. y artículo 22.2.a) de la
Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. (…).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante la alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Usagre, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidente, Nuria Candalija Valle.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Concejalía de economía y hacienda.
Segundo: Aprobar la sustitución en la Comisiones Informativas de Personal y Empleo; en la Comisión
Informativa de Economía, Hacienda y Urbanismo; y en la Comisión Especial de Cuentas a la concejal doña
Nerea Guerrero Gallardo por la Concejal doña Pilar Jesica Ortiz Nisa.
Tercero: Dar publicidad de los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de a Provincia y en la sede electrónica
de este Ayuntamiento [dirección: https://usagre.sedeelectronica.es].
Cuarto: Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la primera sesión que este celebre
para su conocimiento y ratificación, en virtud de lo previsto en el artículo 42 del R.O.F. y artículo 22.2.a) de la
Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. (…).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante la alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Usagre, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidente, Nuria Candalija Valle.
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