Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02382/2025)
Extracto de las bases específicas con convocatoria de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia para la realización del Programa de Teatro Profesional "D'rule: Artistas en el Territorio 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
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8. Adjuntar los anexos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la
convocatoria y los anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
3.- La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de
concederse.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el representante legal de la
entidad.
Declaración responsable, anexo II, sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir
con los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley
38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.
Anexo III. Certificado de datos para valorar la adhesión del municipio al Programa de Teatro
Profesional "D'rule: Artistas en el Territorio". Todos los apartados deberán estar cumplimentados, en el
caso de no estarlo, no serán valorados.
4.- La Diputación Provincial de Badajoz podrá requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas.
La aportación de tales copias implica la autorización a la administración para que acceda y trate la
información personal contenida en tales documentos.
5.- En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación de
Badajoz, debidamente acreditada por este, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento
del último día del plazo establecido para ello, el centro gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de
las mismas de 3 días hábiles. Para ello, una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en
todo caso antes de que se inicie la tramitación de las solicitudes, deberá realizar una publicación en la sede
electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día de dicho plazo de presentación de
solicitudes.
Quinto.- Gastos subvencionables.
La cantidad máxima a subvencionar por cada actividad ascenderá a 2.500,00 euros IVA incluido. Estas subvenciones se
destinan a sufragar los gastos de caché de los artistas.
A efectos de gastos se establecen los siguientes extremos:
a) La subvención cubrirá exclusivamente los gastos de caché de los artistas o grupos del apartado D'rule:
Artistas en el Territorio, de la Guía de Artistas y Grupos de la Diputación de Badajoz. En ningún caso el coste
de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado (este supuesto podrá ser comprobado
por la Diputación de Badajoz en control financiero).
b) Todos los gastos deberán ser realizados con fecha límite hasta el 21 de diciembre de 2025. Una vez
abonada la factura correspondiente a la actividad subvencionada se deberá presentar la solicitud de abono
de la subvención (anexo VI), indicadores de resultado y actividad (anexo VII), ficha de evaluación (anexo VIII),
certificado de justificación económica (anexo IX) y copia de la factura. El plazo para presentar esta
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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8. Adjuntar los anexos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la
convocatoria y los anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
3.- La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de
concederse.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el anexo I firmada por el representante legal de la
entidad.
Declaración responsable, anexo II, sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir
con los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley
38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.
Anexo III. Certificado de datos para valorar la adhesión del municipio al Programa de Teatro
Profesional "D'rule: Artistas en el Territorio". Todos los apartados deberán estar cumplimentados, en el
caso de no estarlo, no serán valorados.
4.- La Diputación Provincial de Badajoz podrá requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas.
La aportación de tales copias implica la autorización a la administración para que acceda y trate la
información personal contenida en tales documentos.
5.- En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación de
Badajoz, debidamente acreditada por este, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento
del último día del plazo establecido para ello, el centro gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de
las mismas de 3 días hábiles. Para ello, una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en
todo caso antes de que se inicie la tramitación de las solicitudes, deberá realizar una publicación en la sede
electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día de dicho plazo de presentación de
solicitudes.
Quinto.- Gastos subvencionables.
La cantidad máxima a subvencionar por cada actividad ascenderá a 2.500,00 euros IVA incluido. Estas subvenciones se
destinan a sufragar los gastos de caché de los artistas.
A efectos de gastos se establecen los siguientes extremos:
a) La subvención cubrirá exclusivamente los gastos de caché de los artistas o grupos del apartado D'rule:
Artistas en el Territorio, de la Guía de Artistas y Grupos de la Diputación de Badajoz. En ningún caso el coste
de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado (este supuesto podrá ser comprobado
por la Diputación de Badajoz en control financiero).
b) Todos los gastos deberán ser realizados con fecha límite hasta el 21 de diciembre de 2025. Una vez
abonada la factura correspondiente a la actividad subvencionada se deberá presentar la solicitud de abono
de la subvención (anexo VI), indicadores de resultado y actividad (anexo VII), ficha de evaluación (anexo VIII),
certificado de justificación económica (anexo IX) y copia de la factura. El plazo para presentar esta
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