Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02555/2025)
Extracto de las bases de la convocatoria del Programa de colaboración económica municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2025
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 2555/2025

considere procedente.
h)- Informe de vida laboral de las personas integrantes de la unidad familiar mayores de 16
años expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
i)- Certificado de pensiones y prestaciones de todas las personas integrantes de la unidad
familiar emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
j)- Certificado de bienes inmuebles de las personas integrantes de la unidad familiar emitido
por la Gerencia Territorial del Catastro.
k)- Certificado de prestaciones y/o subsidios de todas las personas integrantes de la unidad
familiar mayores de 16 años emitido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
l)- En caso de préstamo hipotecario, copia de la escritura de formalización del préstamo y
certificado bancario acreditativo del importe mensual a abonar en la anualidad
correspondiente y de las mensualidades pendientes de pago.
m)- En caso de alquiler, copia del contrato de alquiler vigente y último recibo de abono del
mismo.
n)- En caso de alojamiento temporal, copia del contrato de alquiler vigente y, en su caso, último
recibo de abono del mismo o, tratándose de establecimientos hoteleros, factura o presupuesto
acreditativo del periodo e importe del alojamiento temporal. En caso de traslado del mobiliario
y enseres personales deberán aportarse dos presupuestos o facturas acreditativas del
concepto e importe, salvo que por la localidad de residencia no fuera posible al existir una
única persona profesional y así conste en el informe social correspondiente.
ñ)- En caso de gastos en instalaciones y/o equipamiento básico, dos presupuestos o facturas
acreditativas del concepto e importe, salvo que por la localidad de residencia fuera imposible al
existir una única persona profesional y así conste en el informe social correspondiente.
o)- En caso de gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema
Sanitario Público, informe del personal facultativo o técnico especialista correspondiente
acreditativo de su necesidad, así como factura o presupuesto acreditativo del concepto e
importe. Además, en caso de desplazamientos en vehículo particular, deberá hacerse constar
en el informe social el origen y destino del desplazamiento y la duración del tratamiento.
Asimismo, en caso de alojamiento para recibir tratamiento, deberá aportarse factura o
presupuesto acreditativo del periodo e importe del alojamiento.
p)- En caso de solicitar la ayuda para gastos destinados a atender una carencia crítica,
documentación fehaciente acreditativa de los gastos o de la necesidad de su realización.
q)- En caso de gastos de endeudamiento previo, factura/s o recibos acreditativos de los
mismos, emitidos por la persona física o jurídica, entidad o administración acreedora.
r)- Alta de terceros correspondiente al solicitante de la Ayuda.
s)- Certificado de empadronamiento colectivo histórico o bien documentos acreditativos de las
situaciones para las que el requisito de antigüedad no es exigible.

Decimotercero. Causas de modificación de las cuantías máximas anuales por unidad de convivencia. Son causas de
modificación:

a)- El aumento del número de miembros de la unidad de convivencia.
b)- La disminución del número de miembros de la unidad de convivencia.

Decimocuarto. Causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas y obligación de reintegro. Son causas de
pérdida del derecho a la percepción de las ayudas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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