Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2596)
BOP-2025-2596 Concurso-oposición de una plaza de Oficial Primera Albañil. Aprobación de las bases.
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AREA DE PERSONAL
NEGOCIADO DE PLANTILLA, SELECCION Y
PROMOCION
sus Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración Provincial.
Los méritos de experiencia en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante certificación
expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la
cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada apartado
del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se valorará en cada
punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada por alguna
de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios prestados en régimen de jornada
completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán valorados con
la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, las permanencias en situación de servicios especiales se
valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos de este
baremo.
No se podrán valorar servicios simultáneos. En el caso de que este hecho suceda, se valorarán los
servicios que más beneficien a los/as interesados/as.
C. Formación: Máximo 1,2 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del Tribunal, esté
directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u homologados por una
Administración Pública (art. 2,1 a) b) y c) de la Ley 39/2015), por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por otros Institutos de Administración pública o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco de los Acuerdos de Formación para el empleo de las Administraciones
Públicas, Universidades y colegios profesionales.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa
cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Solamente serán valorados los cursos de formación impartidos o recibidos dentro de los 18 últimos años
naturales anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP de Cáceres.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. La valoración por horas se realizará mediante
la suma del total de ellas de los distintos cursos y estableciendo la equivalencia a créditos para ser
valorados conforme a éstos No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga
determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20O607FE5XWPWZB9DVKHEMS5R41L0C
DIPCC-PF20O607FE5XWPWZB9DVKHEMS5R41L0C
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
19/05/2025
12:25
12/21
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-2596
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
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