Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2598)
BOP-2025-2598 Concurso oposición de una plaza de Conductor de Vehículos Pesados. Aprobación de las bases.
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El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró al
Tribunal.
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto
el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar
la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o
cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos
exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de
los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir
del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que lo hubieran superado disponen de
un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que
cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios de carrera mediante Resolución del
órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con
indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las
personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y
medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de
nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
DECIMA.- Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la propuesta de nombramiento de los aspirantes, éstos aportarán los documentos que a
continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges,
o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea
deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el
vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión
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Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
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CACERES)
Firmantes:
L02000010
19/05/2025
12:25
19/24
DIR3
Órgano:
Sello
de
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Página:
CVE:
BOP-2025-2598
Verificable
en:
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Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
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