Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera de Alcántara. (BOP-2025-2687)
BOP-2025-2687 Convocatoria licitación para la autorización demanial para uso privativo del Bar de la Piscina Municipal para su explotación temporada 2025.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
A Y U N T A M I E N T O D E H E R R E R A D E A L C Á N T A
R A
Calle Santo Domingo, 17 Código Postal: 10512 Herrera de Alcántara – Cáceres
Teléfono: 927 591006 – 927 14 33 92
E- mail: herreradealcantara@mancomunidadsierrasanpedro.com
acuerdo con el inventario previamente realizado, hayan sido sufragados e
instalados por el concesionario para el ejercicio de la actividad.
Todos aquellos elementos y obras ejecutadas, que no sean desmontables,
revertirán al Ayuntamiento de Herrera de Alcántara sin que proceda indemnización
alguna al concesionario por los gastos sufragados por ejecución de las obras o
instalación de elementos no desmontables.
Durante el período de tiempo anterior a la reversión, el órgano competente del
Ayuntamiento de Herrera de Alcántara adoptará las disposiciones encaminadas a
que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
CLÁUSULA DÉCISEXTA. - Régimen Jurídico del contrato
La instalación objeto del presente procedimiento constituye un uso privativo normal
del dominio público municipal, de acuerdo con el artículo 75.2 y 3 del Reglamento
de Bienes de las Entidades Locales, el cual está sujeto a autorización
administrativa.
Así su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para
lo no previsto en él, será de aplicación:
- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales,
- Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladoras de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de
Régimen Local.
- Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público; supletoriamente se aplicarán
las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las
normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado. El
orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento
de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de
este contrato. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las
controversias que surjan entre las partes.
En Herrera de Alcántara, a fecha de la firma electrónica al margen.
Cód.
Validación:
65FZD55SW6FFTRQS45C3MNZP5
Verificación:
https://herreradealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
10
de
13
CVE:
BOP-2025-2687
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12802
R A
Calle Santo Domingo, 17 Código Postal: 10512 Herrera de Alcántara – Cáceres
Teléfono: 927 591006 – 927 14 33 92
E- mail: herreradealcantara@mancomunidadsierrasanpedro.com
acuerdo con el inventario previamente realizado, hayan sido sufragados e
instalados por el concesionario para el ejercicio de la actividad.
Todos aquellos elementos y obras ejecutadas, que no sean desmontables,
revertirán al Ayuntamiento de Herrera de Alcántara sin que proceda indemnización
alguna al concesionario por los gastos sufragados por ejecución de las obras o
instalación de elementos no desmontables.
Durante el período de tiempo anterior a la reversión, el órgano competente del
Ayuntamiento de Herrera de Alcántara adoptará las disposiciones encaminadas a
que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
CLÁUSULA DÉCISEXTA. - Régimen Jurídico del contrato
La instalación objeto del presente procedimiento constituye un uso privativo normal
del dominio público municipal, de acuerdo con el artículo 75.2 y 3 del Reglamento
de Bienes de las Entidades Locales, el cual está sujeto a autorización
administrativa.
Así su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para
lo no previsto en él, será de aplicación:
- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales,
- Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladoras de las Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de
Régimen Local.
- Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público; supletoriamente se aplicarán
las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las
normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado. El
orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento
de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de
este contrato. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las
controversias que surjan entre las partes.
En Herrera de Alcántara, a fecha de la firma electrónica al margen.
Cód.
Validación:
65FZD55SW6FFTRQS45C3MNZP5
Verificación:
https://herreradealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
10
de
13
CVE:
BOP-2025-2687
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12802