Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2025-2700)
BOP-2025-2700 Licitación de la enajenación onerosa del suelo unidad de ejecución UE-2.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Serradilla
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Correo electrónico: aytoserradilla@serradilla.es
Sede electrónica: https://serradilla.sedelectronica.es/info.0
Igualmente, parece relevante resaltar a efectos de contextualización urbanística, que
el suelo actualmente objeto de enajenación forma parte de la Unidad de Ejecución 2
(UE-2), configurada como un ámbito de actuación integral en las Normas Subsidiarias
de Planeamiento de Serradilla. Si bien, la unidad se encuentra delimitada y reconocida
como una totalidad urbanística coherente, en el momento presente se halla aprobada
inicialmente una modificación que contempla su división en tres subunidades
funcionales diferenciadas.
Esta reconfiguración, aún pendiente de su aprobación definitiva, tiene como
finalidad posibilitar una ejecución progresiva, técnicamente viable y más eficiente
de las infraestructuras urbanísticas requeridas en dicho ámbito, permitiendo su
desarrollo por fases sin comprometer la coherencia del conjunto. Puede verse la
subdivisión en el ANEXO II.
CLÁUSULA TERCERA. Destino de los Bienes que se Enajenan
El bien que se enajena deberá destinarse, única y exclusivamente, a su uso aprobado
por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Serradilla así como el la
LOTUS, no admitiéndose otra asignación, que no es otra que la de suelo industrial. En
caso contrario, procederá la reversión de ese terreno a favor del Ayuntamiento de
Serradilla.
CLÁUSULA CUARTO. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación será mediante concurso, en la que cualquier persona
interesada podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 137.3 de la Ley
33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y 92 del
Reglamento General de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto. Se aplicarán los
principios de la Ley de Contratos del Sector Público para resolver las dudas y lagunas
que pudieran presentarse.
Para la evaluación de las proposiciones se atenderá a dos criterios de valoración, el
del mejor precio ofertado, y el del menor tiempo de ejecución de la urbanización
completa de la unidad de ejecución UE-2.
CVE:
BOP-2025-2700
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12856
Plaza de la Constitución, 1, Serradilla. 10530 (Cáceres). Correo electrónico: aytoserradilla@serradilla.es
Sede electrónica: https://serradilla.sedelectronica.es/info.0
Igualmente, parece relevante resaltar a efectos de contextualización urbanística, que
el suelo actualmente objeto de enajenación forma parte de la Unidad de Ejecución 2
(UE-2), configurada como un ámbito de actuación integral en las Normas Subsidiarias
de Planeamiento de Serradilla. Si bien, la unidad se encuentra delimitada y reconocida
como una totalidad urbanística coherente, en el momento presente se halla aprobada
inicialmente una modificación que contempla su división en tres subunidades
funcionales diferenciadas.
Esta reconfiguración, aún pendiente de su aprobación definitiva, tiene como
finalidad posibilitar una ejecución progresiva, técnicamente viable y más eficiente
de las infraestructuras urbanísticas requeridas en dicho ámbito, permitiendo su
desarrollo por fases sin comprometer la coherencia del conjunto. Puede verse la
subdivisión en el ANEXO II.
CLÁUSULA TERCERA. Destino de los Bienes que se Enajenan
El bien que se enajena deberá destinarse, única y exclusivamente, a su uso aprobado
por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Serradilla así como el la
LOTUS, no admitiéndose otra asignación, que no es otra que la de suelo industrial. En
caso contrario, procederá la reversión de ese terreno a favor del Ayuntamiento de
Serradilla.
CLÁUSULA CUARTO. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación será mediante concurso, en la que cualquier persona
interesada podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 137.3 de la Ley
33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y 92 del
Reglamento General de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto. Se aplicarán los
principios de la Ley de Contratos del Sector Público para resolver las dudas y lagunas
que pudieran presentarse.
Para la evaluación de las proposiciones se atenderá a dos criterios de valoración, el
del mejor precio ofertado, y el del menor tiempo de ejecución de la urbanización
completa de la unidad de ejecución UE-2.
CVE:
BOP-2025-2700
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12856