Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2751)
BOP-2025-2751 EXTRACTO. Convocatoria para la concesión de premios en materia de tirada al plato, día de la caza 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Para percibir la subvención será necesario presentar al Ayuntamiento, la siguiente
documentación:
Memoria de la actividad realizada por la Concejala de las áreas de Cultura y Ocio,
Festejos, Juventud e Infancia y Universidad Popular del Ayuntamiento de Alcuéscar,
donde al menos deberá constar identificación del responsable, número de participantes,
actividades realizadas, actividades fuera de la localidad donde participa, resultado de la
valoración global y propuesta de trabajo para el futuro.
Informe de recuento de platos hecho por la organización, con indicación de los
participantes.
Declaración acreditativa de Concejala de las áreas de Cultura y Ocio, Festejos,
Juventud e Infancia y Universidad Popular del Ayuntamiento de Alcuéscar del
Ayuntamiento de Alcuéscar, de que se ha cumplido la finalidad para la que se aprobaron
las Bases.
Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Y los documentos exigidos por Intervención para poder hacer frente al pago del importe
concedido.
NOVENO. Fin de la Vía Administrativa
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DÉCIMO . Criterios de Valoración de Solicitudes.
Los dos primeros premios se entregaran a los dos primeros que rompan mayor número de
platos.
CVE:
BOP-2025-2751
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de junio de 2025
N.º 0103
Pág. 13182
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Para percibir la subvención será necesario presentar al Ayuntamiento, la siguiente
documentación:
Memoria de la actividad realizada por la Concejala de las áreas de Cultura y Ocio,
Festejos, Juventud e Infancia y Universidad Popular del Ayuntamiento de Alcuéscar,
donde al menos deberá constar identificación del responsable, número de participantes,
actividades realizadas, actividades fuera de la localidad donde participa, resultado de la
valoración global y propuesta de trabajo para el futuro.
Informe de recuento de platos hecho por la organización, con indicación de los
participantes.
Declaración acreditativa de Concejala de las áreas de Cultura y Ocio, Festejos,
Juventud e Infancia y Universidad Popular del Ayuntamiento de Alcuéscar del
Ayuntamiento de Alcuéscar, de que se ha cumplido la finalidad para la que se aprobaron
las Bases.
Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Y los documentos exigidos por Intervención para poder hacer frente al pago del importe
concedido.
NOVENO. Fin de la Vía Administrativa
El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DÉCIMO . Criterios de Valoración de Solicitudes.
Los dos primeros premios se entregaran a los dos primeros que rompan mayor número de
platos.
CVE:
BOP-2025-2751
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de junio de 2025
N.º 0103
Pág. 13182