Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-2789)
BOP-2025-2789 Bases para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a adscrito/a al Área de Cultura en régimen de personal laboral temporal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Todos los preceptos de estas bases que utilizan la forma del masculino genérico se entenderán
aplicables a personas de ambos sexos.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de
las mismas y de la actuación del Tribunal se podrán formular impugnaciones por los/as
interesados/as en los casos y forma establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases,
se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://hervas.sedelectronica.es] y,
en el Tablón de Anuncios.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldesa - Presidenta de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Extremadura, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Hervás, 28 de mayo de 2025
Gloria de los Santos Vizcaíno Martín
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-2789
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de junio de 2025
N.º 0104
Pág. 13281
aplicables a personas de ambos sexos.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de
las mismas y de la actuación del Tribunal se podrán formular impugnaciones por los/as
interesados/as en los casos y forma establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases,
se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://hervas.sedelectronica.es] y,
en el Tablón de Anuncios.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldesa - Presidenta de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Extremadura, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Hervás, 28 de mayo de 2025
Gloria de los Santos Vizcaíno Martín
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-2789
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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