Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2025-2848)
BOP-2025-2848 Bases reguladoras que regirán las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias para el año 2025.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
4. Documentación que se acompaña a la solicitud (Marcar con una X):
□ El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte.
En caso de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en
el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberán aportar copia del
pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así como del certificado de registro
como persona con residencia comunitaria.
El resto de nacionalidades extranjeras distintas a la Unión Europea deberán aportar copia de
la autorización de trabajo o autorización de residencia y trabajo en vigor. En defecto de los
mismos, deberá aportarse copia del pasaporte o documento de identidad válido en vigor y
del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional
acreditativa de la residencia legal en territorio español.
En el caso de personas refugiadas, deberán aportar copia del documento en vigor que así lo
acredite si tuvieran ya reconocida esta condición o, en caso de solicitud de asilo en trámite,
deberán aportar el comprobante de su solicitud sellado, así como, en ambos casos, copia de
su pasaporte o documento de identidad válido en vigor.
En caso de estancia autorizada por razones humanitarias, deberán aportar copia de su pa-
saporte o documento de identidad válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la
autorización en vigor.
□ En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
□ En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del
centro en que resida o esté siendo atendido/a acreditativo de la fecha de ingreso, así
como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
□ Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la antigüedad
de inscripción en el Padrón Municipal de la persona solicitante. No se admitirán
aquellos que hayan sido emitidos con una antelación superior al mes a la fecha de
presentación de la solicitud.
□ Copia/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos
equivalen- tes de su país de procedencia acreditativos del parentesco, traducidos al
castellano.
□ En caso de emancipación judicial o por concesión de quienes ejerzan la patria
potestad, deberá aportarse copia de la resolución judicial, la escritura pública o la
inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
Cód.
Validación:
DDHXGLRQWDE7RDYGT23GFYEAC
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
9
CVE:
BOP-2025-2848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
Pág. 13518
□ El Documento Nacional de Identidad o el pasaporte.
En caso de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en
el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberán aportar copia del
pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así como del certificado de registro
como persona con residencia comunitaria.
El resto de nacionalidades extranjeras distintas a la Unión Europea deberán aportar copia de
la autorización de trabajo o autorización de residencia y trabajo en vigor. En defecto de los
mismos, deberá aportarse copia del pasaporte o documento de identidad válido en vigor y
del certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional
acreditativa de la residencia legal en territorio español.
En el caso de personas refugiadas, deberán aportar copia del documento en vigor que así lo
acredite si tuvieran ya reconocida esta condición o, en caso de solicitud de asilo en trámite,
deberán aportar el comprobante de su solicitud sellado, así como, en ambos casos, copia de
su pasaporte o documento de identidad válido en vigor.
En caso de estancia autorizada por razones humanitarias, deberán aportar copia de su pa-
saporte o documento de identidad válido en vigor y documentación oficial acreditativa de la
autorización en vigor.
□ En su caso, certificado de persona emigrante extremeña retornada.
□ En caso de personas transeúntes, deberá aportarse certificado de la dirección del
centro en que resida o esté siendo atendido/a acreditativo de la fecha de ingreso, así
como si convive o no con algún familiar, indicando el parentesco.
□ Certificado actualizado de empadronamiento colectivo en el que figure la antigüedad
de inscripción en el Padrón Municipal de la persona solicitante. No se admitirán
aquellos que hayan sido emitidos con una antelación superior al mes a la fecha de
presentación de la solicitud.
□ Copia/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o documentos
equivalen- tes de su país de procedencia acreditativos del parentesco, traducidos al
castellano.
□ En caso de emancipación judicial o por concesión de quienes ejerzan la patria
potestad, deberá aportarse copia de la resolución judicial, la escritura pública o la
inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
Cód.
Validación:
DDHXGLRQWDE7RDYGT23GFYEAC
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
9
CVE:
BOP-2025-2848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
Pág. 13518