Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-2875)
BOP-2025-2875 Aprobación de las bases que regirán la "XL Edición de Concurso del Tomate 2025" en Miajadas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Firmado por: ANTONIO CRUZ MORGADO - Secretario/a Fecha: 03-06-2025 09:30:25
ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 03-06-2025 10:20:46
Registrado en: RESOLUCIONES O DECRETOS - Nº: 937/2025 Fecha: 03-06-2025 10:21
Código Seguro de Verificación (CSV): 0EAA107FD02C383E62186316379D408E
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/0EAA107FD02C383E62186316379D408E
Fecha de sellado electrónico: 03-06-2025 10:21:17 Fecha de emisión de esta copia: 03-06-2025 13:00:58
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
4.7. La participación en este Concurso implica la plena conformidad y aceptación de las presentes
bases y de las decisiones tomadas por parte del Jurado para la resolución de aquellas situaciones o
problemas no previstos.
Los beneficiarios, deberán acreditar con anterioridad, que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias, Seguridad Social y frente al Excmo. Ayuntamiento de Miajadas, según está
impuesto por las disposiciones legales vigentes.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de
publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en
el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
5. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlo
Las inscripciones para todas las modalidades del Concurso se realizarán de 9:00 horas a 10:30 horas del
jueves, 10 de agosto en la Plaza de España. A partir de la 10:30 horas no se admitirá ninguna inscripción.
En el momento de la inscripción, los participantes presentarán las cajas o tomates para el Concurso de
forma escalonada y siguiendo las indicaciones de la organización.
Los participantes aceptan la difusión de las imágenes realizadas durante la celebración del Concurso y la
difusión de los nombres y apellidos para la promoción del mismo.
6. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del expediente es la Concejalía de CULTURA, FESTEJOS,
JUVENTUD, INFANCIA, MUJERES E IGUALDAD, FAMILIA, DESARROLLO LOCAL Y TURISMO, UNIVERSIDAD
POPULAR, ASOCIACIONISMO Y CLUBES, OCIO Y TIEMPO LIBRE.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se
presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de
noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será la Concejala de Cultura, Festejos, Juventud, Infancia, Mujeres e
Igualdad, Familia, Desarrollo Local y Turismo, Universidad Popular, Asociacionismo y Clubes, Ocio y
Tiempo Libre de este Ayuntamiento por delegación del Sr. Alcalde, ya que la normativa local no fija
expresamente cuales son los órganos competentes para el otorgamiento de subvenciones, por lo que
debemos acudir a la competencia residual del Alcalde recogida en el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de
2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
7. Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación
Una vez evaluadas las solicitudes, por el órgano instructor se formulará la propuesta de resolución
provisional, debidamente motivada, que será notificada a los interesados, concediendo un plazo de 10 días
para presentar alegaciones.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en cuenta
otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso, la
propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
Tras examinar las alegaciones si las hubiera, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá
expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención,
y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
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CVE:
BOP-2025-2875
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de junio de 2025
N.º 0106
Pág. 13593
ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 03-06-2025 10:20:46
Registrado en: RESOLUCIONES O DECRETOS - Nº: 937/2025 Fecha: 03-06-2025 10:21
Código Seguro de Verificación (CSV): 0EAA107FD02C383E62186316379D408E
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/0EAA107FD02C383E62186316379D408E
Fecha de sellado electrónico: 03-06-2025 10:21:17 Fecha de emisión de esta copia: 03-06-2025 13:00:58
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
4.7. La participación en este Concurso implica la plena conformidad y aceptación de las presentes
bases y de las decisiones tomadas por parte del Jurado para la resolución de aquellas situaciones o
problemas no previstos.
Los beneficiarios, deberán acreditar con anterioridad, que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias, Seguridad Social y frente al Excmo. Ayuntamiento de Miajadas, según está
impuesto por las disposiciones legales vigentes.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de
publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en
el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
5. Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlo
Las inscripciones para todas las modalidades del Concurso se realizarán de 9:00 horas a 10:30 horas del
jueves, 10 de agosto en la Plaza de España. A partir de la 10:30 horas no se admitirá ninguna inscripción.
En el momento de la inscripción, los participantes presentarán las cajas o tomates para el Concurso de
forma escalonada y siguiendo las indicaciones de la organización.
Los participantes aceptan la difusión de las imágenes realizadas durante la celebración del Concurso y la
difusión de los nombres y apellidos para la promoción del mismo.
6. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del expediente es la Concejalía de CULTURA, FESTEJOS,
JUVENTUD, INFANCIA, MUJERES E IGUALDAD, FAMILIA, DESARROLLO LOCAL Y TURISMO, UNIVERSIDAD
POPULAR, ASOCIACIONISMO Y CLUBES, OCIO Y TIEMPO LIBRE.
Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se
presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de
noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será la Concejala de Cultura, Festejos, Juventud, Infancia, Mujeres e
Igualdad, Familia, Desarrollo Local y Turismo, Universidad Popular, Asociacionismo y Clubes, Ocio y
Tiempo Libre de este Ayuntamiento por delegación del Sr. Alcalde, ya que la normativa local no fija
expresamente cuales son los órganos competentes para el otorgamiento de subvenciones, por lo que
debemos acudir a la competencia residual del Alcalde recogida en el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de
2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
7. Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación
Una vez evaluadas las solicitudes, por el órgano instructor se formulará la propuesta de resolución
provisional, debidamente motivada, que será notificada a los interesados, concediendo un plazo de 10 días
para presentar alegaciones.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en cuenta
otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso, la
propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
Tras examinar las alegaciones si las hubiera, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá
expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención,
y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
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CVE:
BOP-2025-2875
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de junio de 2025
N.º 0106
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