Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2025-2896)
BOP-2025-2896 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interior del Centro Residencial Mixto con Centro de Día/Comedor.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El nuevo residente formalizara un contrato de ingreso en el que figurará la aceptación expresa
de las normas reguladoras de la organización y funcionamiento del mismo, de sus derechos y
obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su condición de residente.
En el caso de que el futuro residente no pueda firmar el contrato de admisión, lo hará su
representante. En el caso de que el residente no sepa firmar colocara la huella dactilar del
dedo índice derecho en el lugar reservado para su firma. De no saber firmar el representante
actuará del mismo modo que para el residente.
ARTÍCULO 3. DERECHO Y DEBERES DE LOS USUARIOS.
3.1. Derechos.
Son derechos básicos de los usuarios, los siguientes:
1º Alojamiento y manutención.
2º Utilización de los servicios comunes en las condiciones que establezcan las normas de
funcionamiento interno en cada establecimiento residencial, de acuerdo con las características
de los mismos.
3º Servicio de lavandería y limpieza de la habitación e instalaciones del Centro.
4º Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencia a la intimidad, a
la expresión de sus ideas políticas y religiosas, a no ser discriminado por razón de sexo, raza,
ideología política, religiosa, etc. Y a considerar la residencia como su domicilio a todos los
efectos.
5º Disfrutar del silencio necesario en las horas de descanso.
6º Recibir un trato correcto por parte del personal y de los usuarios.
7º Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el Centro.
8º Recibir comunicación personal y privada con el exterior mediante la existencia de zonas
especificas para visitas, teléfono publico y entrega de correspondencia.
9º Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al residente en el
ámbito del Centro respectivo, y en las condiciones reglamentarias que se determinen.
10º Respeto a sus últimas voluntades, así como recepción de cuidados psicológicos,
espirituales y afectivos que le permitan morir dignamente, procurando en los últimos momentos
CVE:
BOP-2025-2896
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 9 de junio de 2025
N.º 0107
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de las normas reguladoras de la organización y funcionamiento del mismo, de sus derechos y
obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su condición de residente.
En el caso de que el futuro residente no pueda firmar el contrato de admisión, lo hará su
representante. En el caso de que el residente no sepa firmar colocara la huella dactilar del
dedo índice derecho en el lugar reservado para su firma. De no saber firmar el representante
actuará del mismo modo que para el residente.
ARTÍCULO 3. DERECHO Y DEBERES DE LOS USUARIOS.
3.1. Derechos.
Son derechos básicos de los usuarios, los siguientes:
1º Alojamiento y manutención.
2º Utilización de los servicios comunes en las condiciones que establezcan las normas de
funcionamiento interno en cada establecimiento residencial, de acuerdo con las características
de los mismos.
3º Servicio de lavandería y limpieza de la habitación e instalaciones del Centro.
4º Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencia a la intimidad, a
la expresión de sus ideas políticas y religiosas, a no ser discriminado por razón de sexo, raza,
ideología política, religiosa, etc. Y a considerar la residencia como su domicilio a todos los
efectos.
5º Disfrutar del silencio necesario en las horas de descanso.
6º Recibir un trato correcto por parte del personal y de los usuarios.
7º Tener acceso a todo tipo de publicaciones que se reciban en el Centro.
8º Recibir comunicación personal y privada con el exterior mediante la existencia de zonas
especificas para visitas, teléfono publico y entrega de correspondencia.
9º Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al residente en el
ámbito del Centro respectivo, y en las condiciones reglamentarias que se determinen.
10º Respeto a sus últimas voluntades, así como recepción de cuidados psicológicos,
espirituales y afectivos que le permitan morir dignamente, procurando en los últimos momentos
CVE:
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Verificable
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