Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2910)
BOP-2025-2910 Aprobación definitiva Reglamento de Gestión de Bolsas de Trabajo en la Excma. Diputación de Cáceres y sus Organismos Autónomos.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ANEXO
REGLAMENTO POR EL QUE REGULA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRA-
BAJO EN LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Y SUS ORGA-
NISMOS AUTÓNOMOS
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento tiene por objeto la regulación del funcionamiento de las Bolsas de
Trabajo que se constituyan para la cobertura de las necesidades de contrataciones temporales
o nombramientos de personal funcionario interino en la Diputación de Cáceres, sus Organis-
mos Autónomos y, previo acuerdo favorable de los órganos competentes, a los Consorcios o
entidades de los que forme parte la Diputación Provincial de Cáceres únicamente cuando
aquellos lo requieran para necesidades de sus servicios.
En concreto, el presente Reglamento regula el funcionamiento de las bolsas de trabajo para la
cobertura de necesidades de personal en los siguientes supuestos:
a) La existencia de puestos vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios/as
de carrera o personal laboral fijo, por un periodo máximo de tres años, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) La sustitución transitoria de las personas titulares con derecho a reserva del puesto de tra-
bajo, en cuyo caso deberá especificarse la causa de sustitución y el código del puesto que se
pretende cubrir.
c) La ejecución de programas de carácter temporal por personal interino, que no podrán tener
una duración superior a tres años y que respondan a necesidades no permanentes de la Admi-
nistración.
d) El exceso o acumulación de tareas por personal interino y por plazo máximo de nueve me-
ses, dentro de un periodo de dieciocho meses.
e) Contratos de relevo.
2. Las Bolsas de Trabajo que se constituyan en el Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria (OARGT) ajustarán su funcionamiento a lo previsto en el presente Regla-
mento, si bien tendrán carácter independiente de las aprobadas para la Diputación.
3. En el caso de que se encuentre agotada o no exista Bolsa de Trabajo de esa misma categoría
en alguna de las Entidades referidas, se podrá utilizar la Bolsa de Trabajo formada en proce-
sos de la otra Institución, con carácter preferente a la de cualquier otra administración.
Artículo 2.-Creación de las bolsas de trabajo.
1. Las Bolsas de Trabajo se crearán como consecuencia de:
a) Realización de las pruebas selectivas. - Se constituirán nuevas bolsas de trabajo en todos
aquellos procesos de selección, incluidos los de promoción interna, para el acceso a la condi-
ción de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo de la Administración de la
CVE:
BOP-2025-2910
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
Pág. 13738
REGLAMENTO POR EL QUE REGULA LA GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRA-
BAJO EN LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Y SUS ORGA-
NISMOS AUTÓNOMOS
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento tiene por objeto la regulación del funcionamiento de las Bolsas de
Trabajo que se constituyan para la cobertura de las necesidades de contrataciones temporales
o nombramientos de personal funcionario interino en la Diputación de Cáceres, sus Organis-
mos Autónomos y, previo acuerdo favorable de los órganos competentes, a los Consorcios o
entidades de los que forme parte la Diputación Provincial de Cáceres únicamente cuando
aquellos lo requieran para necesidades de sus servicios.
En concreto, el presente Reglamento regula el funcionamiento de las bolsas de trabajo para la
cobertura de necesidades de personal en los siguientes supuestos:
a) La existencia de puestos vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios/as
de carrera o personal laboral fijo, por un periodo máximo de tres años, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) La sustitución transitoria de las personas titulares con derecho a reserva del puesto de tra-
bajo, en cuyo caso deberá especificarse la causa de sustitución y el código del puesto que se
pretende cubrir.
c) La ejecución de programas de carácter temporal por personal interino, que no podrán tener
una duración superior a tres años y que respondan a necesidades no permanentes de la Admi-
nistración.
d) El exceso o acumulación de tareas por personal interino y por plazo máximo de nueve me-
ses, dentro de un periodo de dieciocho meses.
e) Contratos de relevo.
2. Las Bolsas de Trabajo que se constituyan en el Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria (OARGT) ajustarán su funcionamiento a lo previsto en el presente Regla-
mento, si bien tendrán carácter independiente de las aprobadas para la Diputación.
3. En el caso de que se encuentre agotada o no exista Bolsa de Trabajo de esa misma categoría
en alguna de las Entidades referidas, se podrá utilizar la Bolsa de Trabajo formada en proce-
sos de la otra Institución, con carácter preferente a la de cualquier otra administración.
Artículo 2.-Creación de las bolsas de trabajo.
1. Las Bolsas de Trabajo se crearán como consecuencia de:
a) Realización de las pruebas selectivas. - Se constituirán nuevas bolsas de trabajo en todos
aquellos procesos de selección, incluidos los de promoción interna, para el acceso a la condi-
ción de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo de la Administración de la
CVE:
BOP-2025-2910
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de junio de 2025
N.º 0108
Pág. 13738