Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2025-2968)
BOP-2025-2968 EXTRACTO. Bases Reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones Públicas, en Régimen de Concurrencia Competitiva, destinada a las Asociaciones Municipales, ejercicio 2025.
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SEXTO. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
La cuantía de las subvenciones que se otorguen para financiar actividades previstas en el
programa anual de las asociaciones culturales, deportivas, sociales, medioambientales y de
turismo se determinará atendiendo a los criterios descritos en la cláusula Octava de las bases
reguladoras.
SÉPTIMO. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del proyecto o actividad subvencionada será desde el 1 de enero de 2025
hasta el 31 de diciembre de 2025. Los gastos deberán realizarse dentro del período de
ejecución. Los pagos podrán realizarse como fecha máxima hasta el 31 de enero de 2026.
OCTAVO. LÍMITE DE SUBVENCIONES.
La misma asociación o club no podrá ser beneficiada con más de una ayuda al amparo de esta
convocatoria. Las subvenciones que se concedan a estas entidades, serán únicas para todas
las actividades que esas asociaciones o clubes celebren en el año en curso, con
independencia de que estén o no previstas en el programa o proyecto de la asociación o club.
Así, concedida una subvención en el ejercicio 2025 con cargo a esta convocatoria, en ningún
caso podrá solicitarse ni concederse nueva subvención del Ayuntamiento a su beneficiario/a.
NOVENO. PAGO DE LAS SUBVENCIONES.
Se realizará un primer abono correspondiente al 50% de la subvención, una vez aprobada la
Resolución definitiva de concesión, procediendo el abono del segundo 50% (abono final) tras la
verificación de su debida justificación, conforme a lo preceptuado en la cláusula decimotercera
de las Bases reguladoras.
DÉCIMO. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
La justificación de la subvención deberá realizarse, una vez finalizado el proyecto, en el plazo
comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2026, dicho plazo será improrrogable, y deberá
aportarse la documentación indicada en la cláusula Duodécima de las Bases de la
Convocatoria pública.
DECIMOPRIMERO. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN.
Las notificaciones se practicarán en el lugar que el solicitante haga constar a tal efecto en la
solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2025-2968
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de junio de 2025
N.º 0109
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