Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2025-2980)
BOP-2025-2980 Bases convocatoria proceso selección dos plazas en la Oficina de Igualdad y Violencia de Género.
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Mancomunidad Integral de Municipios
Trasierra Tierras de Granadilla
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (Cáceres)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
4. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
El Tribunal de Selección estará integrado por los/as siguientes miembros:
1.Presidente/a: Representante de la Mancomunidad, que tenga la condición de
personal de plantilla de la misma.
2.Vocales:
Un/a técnico/a de la Junta de Extremadura.
Un/a técnico/a del Área de Igualdad, Política Social y Cooperación
Internacional de la Diputación Provincial de Cáceres.
Un/a técnico/a de la Mancomunidad de municipios de Trasierra Tierras
de Granadilla.
3.Secretario/a: Un funcionario/a de Administración Local con Habilitación de
carácter nacional.
Podrán a iniciativa de cada Central Sindical, estar presentes en los Tribunales durante
la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, un representante de cada una
de las Centrales Sindicales que ostente representación en el ámbito de la Mancomunidad.
El Tribunal no podrán constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente/a y del
Secretario/a, o de quienes, en su caso los sustituyan, y de la mitad, al menos de sus
miembros.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando
en ellos se den cualquiera de las circunstancias previstas en la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Asimismo, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos
en el mismo texto legal.
El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
bases, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
Los/as aspirantes que soliciten la inscripción en las pruebas selectivas, deberán ingresar en
la cuenta de la que es titular esta Mancomunidad y que seguidamente se especifica (IBAN
ES98 2103 7300 2500 3000 4363), la cantidad correspondiente a su puesto:
Grado o diplomatura universitaria: 55 €
En el ingreso, se deberá especificar: Nombre, apellidos y DNI del/la aspirante.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante, sin que este vicio sea subsanable.
CVE:
BOP-2025-2980
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de junio de 2025
N.º 0109
Pág. 14004
Trasierra Tierras de Granadilla
Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla.- Tlfno: 927 02 43 90
10.712 Pantano de Gabriel y Galán (Cáceres)
www.trasierratierrasdegranadilla.es
4. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
El Tribunal de Selección estará integrado por los/as siguientes miembros:
1.Presidente/a: Representante de la Mancomunidad, que tenga la condición de
personal de plantilla de la misma.
2.Vocales:
Un/a técnico/a de la Junta de Extremadura.
Un/a técnico/a del Área de Igualdad, Política Social y Cooperación
Internacional de la Diputación Provincial de Cáceres.
Un/a técnico/a de la Mancomunidad de municipios de Trasierra Tierras
de Granadilla.
3.Secretario/a: Un funcionario/a de Administración Local con Habilitación de
carácter nacional.
Podrán a iniciativa de cada Central Sindical, estar presentes en los Tribunales durante
la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, un representante de cada una
de las Centrales Sindicales que ostente representación en el ámbito de la Mancomunidad.
El Tribunal no podrán constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente/a y del
Secretario/a, o de quienes, en su caso los sustituyan, y de la mitad, al menos de sus
miembros.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando
en ellos se den cualquiera de las circunstancias previstas en la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Asimismo, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos
en el mismo texto legal.
El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
bases, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
Los/as aspirantes que soliciten la inscripción en las pruebas selectivas, deberán ingresar en
la cuenta de la que es titular esta Mancomunidad y que seguidamente se especifica (IBAN
ES98 2103 7300 2500 3000 4363), la cantidad correspondiente a su puesto:
Grado o diplomatura universitaria: 55 €
En el ingreso, se deberá especificar: Nombre, apellidos y DNI del/la aspirante.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante, sin que este vicio sea subsanable.
CVE:
BOP-2025-2980
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de junio de 2025
N.º 0109
Pág. 14004