Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2982)
BOP-2025-2982 Aceptación delegación competencias materia disciplina urbanística para municipios de menos de 20000 habitantes.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Teniendo en cuenta que estas delegaciones de competencias se han acordado de
conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 11/2018, de
21 de diciembre, de Ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, que en su
punto 3 determina:
“El acuerdo de delegación se adoptará por el Pleno municipal. La efectividad de la
delegación requerirá la aceptación de la Diputación Provincial correspondiente y su
publicación en el boletín oficial de la provincia. Toda delegación de competencias entre
Administraciones habilitará para el pleno ejercicio de las estas, mientras no se produzca la
publicación de su revocación en el boletín oficial de la provincia correspondiente.”
El Pleno de esta Corporación, de conformidad con el dictamen de la Comisión de
Hacienda, Asistencia a Entidades Locales e Innovación, acuerda:
PRIMERO.- Aceptar las delegaciones efectuadas por los citados municipios, así como la
aprobación de los respectivos convenios mediante los cuales se instrumentalizarán dichas
delegaciones.
SEGUNDO.- Proceder a la publicación de la aceptación de la delegación de competencia y la
aprobación de los convenios en el Boletín Oficial de la Provincia.
TERCERO.- Facultar al Ilmo. Sr. Presidente de esta Diputación Provincial para suscribir los
correspondientes convenios de delegación de la competencia en materia de disciplina
urbanística con los citados municipios.
CUARTO.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su
notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativo, potestativamente, con carácter previo, recurso administrativo de
reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el
mismo órgano que lo ha dictado”.
En Cáceres, a fecha de la firma electrónica
EL SECRETARIO GENERAL
Fdo.: Álvaro Casas Avilés
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF262G0LKHW0BBPA2BHUSFP6F50MM1GF
DIPCC-PF262G0LKHW0BBPA2BHUSFP6F50MM1GF
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
02/06/2025
11:02
2/2
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-2982
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de junio de 2025
N.º 0110
Pág. 14014
Asuntos Generales
Teniendo en cuenta que estas delegaciones de competencias se han acordado de
conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 11/2018, de
21 de diciembre, de Ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, que en su
punto 3 determina:
“El acuerdo de delegación se adoptará por el Pleno municipal. La efectividad de la
delegación requerirá la aceptación de la Diputación Provincial correspondiente y su
publicación en el boletín oficial de la provincia. Toda delegación de competencias entre
Administraciones habilitará para el pleno ejercicio de las estas, mientras no se produzca la
publicación de su revocación en el boletín oficial de la provincia correspondiente.”
El Pleno de esta Corporación, de conformidad con el dictamen de la Comisión de
Hacienda, Asistencia a Entidades Locales e Innovación, acuerda:
PRIMERO.- Aceptar las delegaciones efectuadas por los citados municipios, así como la
aprobación de los respectivos convenios mediante los cuales se instrumentalizarán dichas
delegaciones.
SEGUNDO.- Proceder a la publicación de la aceptación de la delegación de competencia y la
aprobación de los convenios en el Boletín Oficial de la Provincia.
TERCERO.- Facultar al Ilmo. Sr. Presidente de esta Diputación Provincial para suscribir los
correspondientes convenios de delegación de la competencia en materia de disciplina
urbanística con los citados municipios.
CUARTO.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su
notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativo, potestativamente, con carácter previo, recurso administrativo de
reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el
mismo órgano que lo ha dictado”.
En Cáceres, a fecha de la firma electrónica
EL SECRETARIO GENERAL
Fdo.: Álvaro Casas Avilés
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF262G0LKHW0BBPA2BHUSFP6F50MM1GF
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27
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39/2015,
de
1
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Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
02/06/2025
11:02
2/2
DIR3
Órgano:
Sello
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Página:
CVE:
BOP-2025-2982
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de junio de 2025
N.º 0110
Pág. 14014