Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón. (BOP-2025-3002)
BOP-2025-3002 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencia Urbanística
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa por Licencia Urbanística
Acuerdo del Pleno de fecha31/03/2025 de la Entidad dePozuelo de Zarzón por el que se
aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por
Licencia Urbanística.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencia Urbanística, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS
Artículo 1º. Fundamento y naturaleza:
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4.h), del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento establece la “Tasa por Licencias Urbanísticas“, que se regirá por la
presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 16 del citado
Real Decreto Legislativo 2/2004.
Artículo 2º. Hecho imponible:
Constituye el hecho imponible de la Tasa la actividad municipal, técnica y administrativa,
tendente a verificar si los actos de edificación y uso del suelo que hayan de realizarse en el
término municipal, se ajustan a las normas urbanísticas, de edificación y policía previstas en la
legislación urbanística en vigor y en el Plan General de Ordenación Urbana de este Municipio.
CVE:
BOP-2025-3002
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de junio de 2025
N.º 0110
Pág. 14095
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa por Licencia Urbanística
Acuerdo del Pleno de fecha31/03/2025 de la Entidad dePozuelo de Zarzón por el que se
aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por
Licencia Urbanística.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencia Urbanística, cuyo texto íntegro se hace
público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS
Artículo 1º. Fundamento y naturaleza:
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4.h), del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento establece la “Tasa por Licencias Urbanísticas“, que se regirá por la
presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 16 del citado
Real Decreto Legislativo 2/2004.
Artículo 2º. Hecho imponible:
Constituye el hecho imponible de la Tasa la actividad municipal, técnica y administrativa,
tendente a verificar si los actos de edificación y uso del suelo que hayan de realizarse en el
término municipal, se ajustan a las normas urbanísticas, de edificación y policía previstas en la
legislación urbanística en vigor y en el Plan General de Ordenación Urbana de este Municipio.
CVE:
BOP-2025-3002
Verificable
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N.º 0110
Pág. 14095