Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-3046)
BOP-2025-3046 Memoria Justificativa para desarrollo de actividad prestación servicios energéticos mediante Comunidad Ciudadana de Energía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU»
Artículo 17º.- El Presidente.
El Presidente asume la representación legal de la Asociación, y ejecuta los
acuerdos adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General, cuya presidencia
ostentará respectivamente. Le corresponden las siguientes atribuciones:
a.- Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos
públicos o privados.
b.- Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebren la Asamblea General
y la Junta Directiva. Dirigir las deliberaciones de una y otra, y decidir un voto de
calidad en caso de empate de votaciones.
c.- Ordenar los pagos acordados válidamente; así como, autorizar con su
firma los documentos, correspondencia y actas, en este caso, las correspondientes a
las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, junto con el secretario y
una vez aprobadas.
d.- Cuidar del cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea General y de la
Junta Directiva y coordinar la actuación de los miembros de la Junta.
e.- Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación
aconseje, resulte necesaria o conveniente para el desarrollo de sus actividades, sin
perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
f.- Ejercitar aquellas funciones que le otorgue la Asamblea General
mediante acuerdo expreso, salvo que sean de competencia exclusiva de la misma.
Artículo 18º.- El Vicepresidente.
El Vicepresidente sustituye en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al
Presidente, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros
de la Asamblea General.
22
Cód.
Validación:
9TF62HHNTL7GYP4WCWNHGW4E9
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-3046
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14289
Artículo 17º.- El Presidente.
El Presidente asume la representación legal de la Asociación, y ejecuta los
acuerdos adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General, cuya presidencia
ostentará respectivamente. Le corresponden las siguientes atribuciones:
a.- Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos
públicos o privados.
b.- Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebren la Asamblea General
y la Junta Directiva. Dirigir las deliberaciones de una y otra, y decidir un voto de
calidad en caso de empate de votaciones.
c.- Ordenar los pagos acordados válidamente; así como, autorizar con su
firma los documentos, correspondencia y actas, en este caso, las correspondientes a
las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, junto con el secretario y
una vez aprobadas.
d.- Cuidar del cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea General y de la
Junta Directiva y coordinar la actuación de los miembros de la Junta.
e.- Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación
aconseje, resulte necesaria o conveniente para el desarrollo de sus actividades, sin
perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
f.- Ejercitar aquellas funciones que le otorgue la Asamblea General
mediante acuerdo expreso, salvo que sean de competencia exclusiva de la misma.
Artículo 18º.- El Vicepresidente.
El Vicepresidente sustituye en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al
Presidente, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros
de la Asamblea General.
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