Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2025-3046)
BOP-2025-3046 Memoria Justificativa para desarrollo de actividad prestación servicios energéticos mediante Comunidad Ciudadana de Energía.
44 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU»
Sin perjuicio de otras cuotas y aportaciones que pueda fijar la Asamblea
General, se establecen las siguientes cuotas con carácter necesario:
Cuota de admisión:
La cuota de admisión se fijará por la Asamblea constituyente, pudiendo ser
modificada al alza por la Asamblea General.
Cuota anual:
El importe de la cuota anual, así como el sistema de reparto de energía y
de participación de los socios se determinará en el Reglamento de Régimen
Interno o funcionamiento que se apruebe y se ratificará por la Asamblea General,
garantizando en todo momento el cumplimiento de las obligaciones económicas que
haya asumido la Asociación.
Los socios abonarán la cuota anual en el momento en que la instalación
comience a generar energía para los socios/usuarios u sean beneficiarios de otros
servicios.
La cuota anual comprende los siguientes conceptos:
a) El pago del mantenimiento y aseguramiento de la instalación fotovoltaica y
cubiertas u otras estructuras donde esté instalada.
b) El pago de la gestión energética de la asociación, que incluye la monitorización
de la instalación y la compra mancomunada de energía complementaria de la
que producen la instalación.
c) El pago de la gestión administrativa y operativa de la asociación.
d) Los demás gastos que se deriven del funcionamiento y actividad de la
asociación
Cualquier otra modificación del importe de la cuota anual requerirá acuerdo
de la asamblea general de la asociación.
39
Cód.
Validación:
9TF62HHNTL7GYP4WCWNHGW4E9
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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39
de
43
CVE:
BOP-2025-3046
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14306
Sin perjuicio de otras cuotas y aportaciones que pueda fijar la Asamblea
General, se establecen las siguientes cuotas con carácter necesario:
Cuota de admisión:
La cuota de admisión se fijará por la Asamblea constituyente, pudiendo ser
modificada al alza por la Asamblea General.
Cuota anual:
El importe de la cuota anual, así como el sistema de reparto de energía y
de participación de los socios se determinará en el Reglamento de Régimen
Interno o funcionamiento que se apruebe y se ratificará por la Asamblea General,
garantizando en todo momento el cumplimiento de las obligaciones económicas que
haya asumido la Asociación.
Los socios abonarán la cuota anual en el momento en que la instalación
comience a generar energía para los socios/usuarios u sean beneficiarios de otros
servicios.
La cuota anual comprende los siguientes conceptos:
a) El pago del mantenimiento y aseguramiento de la instalación fotovoltaica y
cubiertas u otras estructuras donde esté instalada.
b) El pago de la gestión energética de la asociación, que incluye la monitorización
de la instalación y la compra mancomunada de energía complementaria de la
que producen la instalación.
c) El pago de la gestión administrativa y operativa de la asociación.
d) Los demás gastos que se deriven del funcionamiento y actividad de la
asociación
Cualquier otra modificación del importe de la cuota anual requerirá acuerdo
de la asamblea general de la asociación.
39
Cód.
Validación:
9TF62HHNTL7GYP4WCWNHGW4E9
Verificación:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de junio de 2025
N.º 0112
Pág. 14306