Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Conquista de la Sierra. (BOP-2025-3062)
BOP-2025-3062 Padrón fiscal ITV.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Conquista de la Sierra
EDICTO. Padrón fiscal ITV.
Resolución de Alcaldía de fecha 19 de mayo de 2025 de la Entidad de Conquista de la Sierra
por el que se aprueban el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este de Impuesto de
Circulación de Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al periodo 2025
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en
cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y
24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio.
Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, se expondrán al público por un plazo de
20 días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en las
d e p e n d e n c i a s d e l a C o r p o r a c i ó n , a s í c o m o e n s u s e d e e l e c t r ó n i c a
[http://conquistadelasierra.sedelectronica.es].
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá
interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto
establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro
en período voluntario del mencionado tributo en:
Localidad: Conquista de la Sierra.
Oficina de Recaudación: Santander.
Los/as contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el
aviso en la oficina de recaudación o en las oficinas de las siguientes entidades UNICAJA.
CVE:
BOP-2025-3062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de junio de 2025
N.º 0113
Pág. 14352
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Conquista de la Sierra
EDICTO. Padrón fiscal ITV.
Resolución de Alcaldía de fecha 19 de mayo de 2025 de la Entidad de Conquista de la Sierra
por el que se aprueban el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este de Impuesto de
Circulación de Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al periodo 2025
Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a
efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en
cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y
24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio.
Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, se expondrán al público por un plazo de
20 días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en las
d e p e n d e n c i a s d e l a C o r p o r a c i ó n , a s í c o m o e n s u s e d e e l e c t r ó n i c a
[http://conquistadelasierra.sedelectronica.es].
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá
interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto
establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro
en período voluntario del mencionado tributo en:
Localidad: Conquista de la Sierra.
Oficina de Recaudación: Santander.
Los/as contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el
aviso en la oficina de recaudación o en las oficinas de las siguientes entidades UNICAJA.
CVE:
BOP-2025-3062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de junio de 2025
N.º 0113
Pág. 14352