Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-3093)
BOP-2025-3093 Pliego de cláusulas administrativas para la adjudicación licencia de taxi n.º 1.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría
el día 26 de abril de 2022, que aglutina y da forma a todos los recursos del
Ayuntamiento de Moraleja, tanto propios como ajenos, cuyo objetivo es fomentar y
activar el empleo.
Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios de valoración
establecidos, se produzca un empate en la puntuación otorgada a dos o más
ofertas, se utilizarán los siguientes criterios para resolver dicha igualdad por el
siguiente orden:
1º: Ser empresa de inserción regulada en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.
2º: Sorteo.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere
el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se
produzca el empate, y no con carácter previo.
CLÁUSULA NOVENA. Mesa de Contratación
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la
valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará
conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 de
mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se
establecen.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la
Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
Cód.
Validación:
7GJWGWK4A4F37PYMAKCFSRGCF
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
20
CVE:
BOP-2025-3093
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
Pág. 14483
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría
el día 26 de abril de 2022, que aglutina y da forma a todos los recursos del
Ayuntamiento de Moraleja, tanto propios como ajenos, cuyo objetivo es fomentar y
activar el empleo.
Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios de valoración
establecidos, se produzca un empate en la puntuación otorgada a dos o más
ofertas, se utilizarán los siguientes criterios para resolver dicha igualdad por el
siguiente orden:
1º: Ser empresa de inserción regulada en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.
2º: Sorteo.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere
el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se
produzca el empate, y no con carácter previo.
CLÁUSULA NOVENA. Mesa de Contratación
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la
valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará
conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y en el Real Decreto 817/2009, de 8 de
mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se
establecen.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la
Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
Cód.
Validación:
7GJWGWK4A4F37PYMAKCFSRGCF
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
20
CVE:
BOP-2025-3093
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
Pág. 14483