Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-3097)
BOP-2025-3097 Bases 1 plaza de Agente de Policía Local por sistema de movilidad (concurso de méritos) - OEP 2024.
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1.5- Al presente proceso le será de aplicación las siguientes normas contenidas en:
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura.
- Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-
Marco de los Policías Locales de Extremadura, en lo que no esté derogado
por el Decreto 64/2022.
- Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de
selección, provisión de puestos y movilidad de las Policías Locales de
Extremadura.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los derechos digitales.
- Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo.
- Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se regula el Reglamento
general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
- Y demás normativa que resulte de aplicación en el momento de la
convocatoria.
SEGUNDA.- Requisitos de las personas aspirantes
Para poder participar en los procedimientos de concurso por movilidad, las personas
aspirantes, además de los previstos por la legislación básica para acceder a la función
pública, deben cumplir, en el momento que finalice el plazo para solicitar la
participación en los procesos de movilidad, los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos de
Policía Local de cualquiera municipio de Extremadura con la categoría
igual a la de la plaza convocada. En la escala básica, los oficiales podrán
ocupar la plaza vacante en la categoría inferior.
b) Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo en
la misma categoría como funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de
Policía Local del Ayuntamiento de procedencia.
c) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer
adecuadamente las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado del servicio de cualquiera Administración Pública, en
virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública. De producirse la suspensión o inhabilitación con posterioridad
a la resolución del concurso por movilidad, se entenderán anuladas las
actuaciones respecto del aspirante.
e) No encontrarse en suspensión de funciones ni en segunda actividad.
f) Que al interesado le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de
CVE:
BOP-2025-3097
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Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
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